Judicatura falló finalmente en contra del alcalde Petro
Por 6 votos a favor y sólo uno en contra, el Consejo Superior de la Judicatura dejó inalterable la sanción de destitución e inhabilitación por 15 años que le impuso la Procuraduría General de la Nación al alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro.
Después de los aplazamientos y las rectificaciones, el alto tribunal confirmó lo que se venía cantando.
La votación avaló la ponencia del magistrado Pedro Sanabria y en consecuencia negó las 148 tutelas interpuestas por la ciudadanía a favor del alcalde Petro.
De acuerdo con la ponencia acogida por el Consejo Superior de la Judicatura, con la sanción de destitución no se violan los derechos a quienes eligieron al mandatario Distrital.
Con una votación de 6 a 1, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura negó las tutelas radicadas en contra de la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General contra el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro por las irregularidades en la puesta en la planeación y ejecución del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.
“Se niega el amparo de los derechos invocados por los actores por el fallo de destitución que le impuso el señor Procurador General de la Nación. Con esta decisión no significa otra cosa que la revocatoria del primer fallo el cual en principio había tutelado estos derechos fundamentales”, precisó la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, María Mercedes López Mora.
En la sesión celebrada este jueves, la mayoría de la Sala acogieron los argumentos esgrimidos en la ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria que indican que la Procuraduría General tenía las facultades constitucionales para investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios elegidos por voto popular.
El magistrado Sanabria explicó que con esta decisión se caen las medidas cautelares emitidas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el cual se suspendieron los alcances del fallo de la Procuraduría General que destituyó e inhabilitó al mandatario distrital por 15 años para ocupar cargos públicos.