“La permanencia de la Unión Patriótica en la arena política no es una decisión numérica”: Mininterior
Con el propósito de que la Unión Patriótica mantenga su personería jurídica, el Ministro del Interior Aurelio Iragorri Valencia solicitó al Consejo Nacional Electoral tener en cuenta el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, la cual consideró que no es posible aplicar el umbral electoral a este partido político en las elecciones al Congreso de la República, ya que se dejaría sin efecto alguno la sentencia del 4 de julio de 2013 del Alto Tribunal en la que se le restituye precisamente la personería jurídica a la colectividad.
En la misiva, el Ministro Iragorri Valencia afirma que “teniendo en cuenta que el tiempo transcurrido entre la restitución de la personería jurídica a la UP y las elecciones al Congreso de la República el 9 marzo de 2014 fue muy corto para que el partido se hubiera fortalecido para acudir en condiciones de igualdad a la contienda electoral se examinaron diferentes alternativas jurídicas para su permanencia en la arena política y para lograr el otorgamiento de un plazo razonable para reconstruirse como partido”, entre ellas la consulta elevada al Consejo de Estado.
“En aras de la efectividad material de la sentencia y de la igualdad material ante la formal, el Consejo de Estado consideró que la Unión Patriótica debe conservar su personería jurídica hasta el 2018, periodo en el cual ya habrá transcurrido un plazo razonable para ejercer sus derechos de participación en la contienda electoral en condiciones de igualdad”, señala la carta enviada por el jefe de la cartera política al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Pablo Gil de la Hoz.
De esta manera, el Gobierno Nacional por medio del Ministerio del Interior, busca garantizar la participación de la Unión Patriótica en las futuras contiendas electorales en condiciones de igualdad, reconociendo la condición de víctimas de los militantes, familiares y sobrevivientes de la UP en el marco de la Ley 1448 de 2011.