martes noviembre 19 de 2024

Presidente Juan Manuel Santos firmó ley estatutaria de salud

16 febrero, 2015 Generales, Política, Salud
 El Presidente de la República sanciona la Ley Estatutaria para la Salud. Casa de Nariño, Bogotá - 16 de febrero de 2015. Foto: Efrain Herrera - SIG


El Presidente de la República sanciona la Ley Estatutaria para la Salud.
Casa de Nariño, Bogotá – 16 de febrero de 2015. Foto: Efrain Herrera – SIG

 Con la firma de la Ley Estatutaria de salud el presidente Juan Manuel Santos hablo de estar “partiendo la historia de la salud en dos”, además el presidente expresó que la salud se consagra como derecho fundamental.

Según el presidente, con la firma de esta Ley, Se acaba el ‘paseo de la muerte’, se acaban las excusas para interrumpir tratamientos de los pacientes, se acaban los abusos de los precios de los medicamentos, y en adelante serán los médicos, no las EPS (Entidad Promotora de Salud) los que decidirán sobre el tratamiento que recibirán los pacientes.

En la ceremonia estuvieron con el Jefe de Estado el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria; los congresistas ponentes de la Ley, el médico Fernando Sánchez Torres, expresidente de la Academia Nacional de Medicina y el Presidente de la Asociación Médica Sindical (Asmedas), Pedro Contreras.

Beneficios de la Ley Estatutaria de Salud

El Presidente Santos explicó lo que significa en la práctica que la salud sea un derecho y no un servicio. “Ahora los colombianos somos pacientes y no unos simples clientes”.

Y parte de este cambio el Jefe de Estado lo explicó en seis puntos.

“Primero seguiremos ampliando el plan de beneficios. Antes los pacientes tenían derecho únicamente a lo que estuviera incluido en el POS, ahora tendrán derecho a todo, excepto a lo que este expresamente excluido en el POS”, destacó el Mandatario.

Agregó que esta ampliación será progresiva y se iniciará con un proceso participativo con la ciudadanía para definir qué se debe excluir, teniendo siempre en cuenta la situación fiscal y la viabilidad del sistema.

El segundo punto –indicó el Presidente Santos- busca impedir las barreras de acceso a urgencias. “En urgencias sí o sí todos deben ser atendidos. Los hospitales no podrán alegar problemas de afiliación, falta de contratos con las EPS o dificultades al tramitar las autorizaciones. O sea que ahí es donde le decimos adiós al terrible paseo de la muerte”, precisó.

Señaló que el tercer punto se refiere a la regulación de precios, que se convierte en una política de Estado. “La ley blinda y fortalece lo que yo no dudaría en calificar de exitosa política de control de precios de medicamentos que se implementó en este Gobierno”.

Al respecto, el Mandatario recordó que el Gobierno ha hecho importantes avances en la regulación de precios de los medicamentos. “Hemos controlado precios de más de 900 medicamentos. Y convertido en un modelo a seguir, porque aquí vienen delegaciones de otros países, que recuerde Panamá, Perú, Chile, México para ver cómo estamos haciendo ese control”, sostuvo.

Esta política, continuó el Jefe de Estado, alivia el bolsillo de los colombianos y la salud fiscal económica del sistema. “Recuerden que aquí solían venderse los medicamentos más caros de la región y en algunos casos los más caros del mundo”.

El cuarto punto que destacó el Mandatario se refiere a la autonomía médica. “La ley garantiza la autonomía y la autorregulación de profesionales de la salud lo que va a redundar en mejoras en la calidad de la atención de los pacientes”.

Explicó que esta nueva ley, ahora “prohíbe expresamente el constreñimiento, la presión o la restricción del ejercicio profesional. Ni la EPS ni el hospital pueden obligar prescripciones que el médico no considere”.

En este orden de ideas, el médico debe prescribir lo que el paciente necesita y no lo que la empresa de salud indique.

El quinto punto, se refiere a la tutela y el Mandatario consideró que “que vale la pena resaltar porque ha habido cierta confusión. Se blinda la tutela, se preserva el mecanismo de la tutela. Aquí no estamos acabando con la tutela en esta Ley Estatutaria para la Salud”.

Y el sexto punto, dijo el Presidente Santos, se refiere al trabajo digno para los trabajadores del sector de la salud.

“La Ley hace un reconocimiento de los trabajadores de la salud, como un paso para garantizar las condiciones laborales dignas entre el Gobierno y los representantes de los trabajadores. Iremos avanzando en la construcción de las condiciones laborales cada vez mejores y más dignas para este importante sector”.

De igual manera el Mandatario habló sobres lo avances que ha tenido el país en este sector, La cobertura en salud pasó de un 87 por ciento a un 97 por ciento, con lo cual ya se considera cobertura universal, la unificación del POS, el decreto que permitió a todos los jóvenes entre los 18 y 25 años ser beneficiarios de sus padres en el régimen subsidiado, sin importar si están o no en la universidad, entre otros.

ABC sobre la Ley Estatutaria para la Salud

Este lunes el Presidente Juan Manuel Santos Calderón sancionó la Ley Estatutaria para la Salud, en un evento realizado en la Casa de Nariño, al cual también asistieron el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria, el expresidente de la Academia Nacional de Medicina, Fernando Sánchez Torres y el representante de la Asociación Médica Sindical Colombiana (Asmedas), Pedro Contreras, entro otros líderes del sector.

Sobre esta norma el Ministerio de Salud realizó el siguiente ABC, que explica de forma más detallada los beneficios de esta ley y responderá algunas inquietudes de los ciudadanos:

  1. ¿Qué es una ley estatutaria?

Es un tipo de leyes especiales que regulan derechos y deberes fundamentales de las personas y la administración de justicia en nuestro país.

Por ser especiales, deben ser aprobadas por la mayoría absoluta de votos de los Senadores y Representantes a la Cámara.

La Ley Estatutaria de Salud supone, necesariamente, que ese derecho ha adquirido el carácter de fundamental y autónomo; por eso tiene que ser garantizado prioritariamente por el Estado, y debe ser responsabilidad de toda la sociedad.

  1. ¿Por qué su expedición se considera un logro?

La Ley Estatutaria de Salud implica el reconocimiento social de un derecho esencial para garantizar la dignidad humana y la igualdad de oportunidades de los ciudadanos.

Supone que hay un acuerdo entre los ciudadanos (en esta caso la Gran Junta Médica que presentó la idea original) los Senadores y Representantes a la Cámara (que lo aprobaron), el Gobierno y los jueces (la Corte Constitucional, que declaró la Ley como exequible).

  1. ¿Cuáles son los aspectos que mayor impacto tendrán en la vida de los colombianos?

La Ley Estatutaria facilitará que se mejore el acceso a los servicios de salud, se eliminen las autorizaciones para las atenciones de urgencias, se fortalezca el control de precios a los medicamentos y se avance más rápido en la incorporación de nuevas tecnologías.

  1. ¿Qué significa adiós al carrusel de la muerte?

Infortunadamente, el llamado “carrusel de la muerte” se ha producido porque en algunos hospitales se niegan a atender en estado de urgencia a un ciudadano porque hay problemas con su EPS, lo que ha producido muchas muertes.

Al establecerse que la salud es un derecho fundamental, a ninguna persona se le podrá negar la atención médica de urgencia para la protección de su salud y su vida.

  1. ¿Qué significa que los médicos tendrán autonomía?

Los médicos son personas que han estudiado mucho tiempo y tienen conocimientos científicos sobre el cuerpo humano, la salud y la enfermedad. Por eso tienen la capacidad para decidir qué tratamientos requieren los pacientes para restablecer su estado de salud.

Al reconocer la autonomía médica, la Ley Estatutaria pide a los profesionales de la salud que hagan su trabajo con autorregulación, ética, racionalidad y evidencia científica.

  1. ¿Qué significa que haya excepciones en el Sistema de Salud?

Significa que el Ministerio de Salud y Protección Social definirá unas reglas para decidir que hay algunos tratamientos que no serán pagados por el sistema de salud, sino por las personas interesadas en acceder a ellos, como por ejemplo los que tengan un fin primordialmente cosmético o suntuario; los que no tengan evidencia sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica; aquellos que no estén autorizados para su uso en el país; los que sean experimentales; o aquellos tengan que ser prestados en el exterior.

  1. ¿Es verdad que la ley estatutaria retrasa el ingreso de nuevas tecnologías al mercado?

No es verdad. Al contrario, con la ley se acelerará la inclusión de nuevos tratamientos. Pero el Estado tendrá que decir más rápido si se trata de tecnologías que tienen o no tienen suficiente validez científica.

  1. ¿La ley estatutaria afecta la calidad de los medicamentos que se distribuirán en Colombia?

La calidad de los medicamentos depende de criterios científicos, de ética empresarial, vigilancia ciudadana y de la opinión pública, y de inspección, vigilancia y control del Gobierno.

La Ley Estatutaria confirma la atribución del Estado para ejercer inspección, vigilancia y control al sector farmacéutico.

  1. ¿Los medicamentos serán más baratos?

La Ley Estatutaria fortalece la política de control de precios de los medicamentos, por lo que el Gobierno continuará trabajando para que en Colombia haya medicinas baratas.

  1. ¿Cuándo comenzarán a verse los beneficios de la ley?

Los beneficios de la Ley Estatutaria se irán desplegando a partir de su firma por parte del Presidente de la República y su publicación.

De inmediato se eliminará el llamado carrusel de la muerte; es decir que cuando un ciudadano llegue a un hospital para recibir un tratamiento de urgencia no puede ser rechazado.

El Ministerio de Salud cuenta hasta con dos años para crear las reglas que permitan definir cómo será la entrada de nuevos tratamientos al Plan de Beneficios.

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