Condenan a 8 años de detención domiciliaria a Bernardo Moreno
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sentenció a ocho años de prisión domiciliaria a Bernardo Moreno, exsecretario de Presidencia del gobierno de Álvaro Uribe, por los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones y abuso de función pública.
El alto tribunal tomó la decisión luego de haberlo encontrado responsable de las interceptaciones ilegales hechas a magistrados, congresistas y periodistas.
Aún se espera el monto de condena que recibirá María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS, investigada por el mismo escándalo.
El alto tribunal determinó que Moreno Villegas conocía y tenía acceso de primera mano a la información privilegiada recolectada por los agentes el organismo de seguridad por orden de la entonces directora, María del Pilar Hurtado Afanador para crear una campaña de desprestigio en contra de este grupo preseleccionado de personas.
En el debate jurídico, el alto tribunal le otorgó el beneficio de la detención domiciliaria, avalando los argumentos presentados por su defensa –y avalados por la Procuraduría General- al considerar que es padre cabeza de familia, estuvo un año y medio privado de su libertad y ha asistido puntualmente y sin falla a todas las diligencias judiciales durante los tres años que duró el juicio.
Bernardo Moreno Villegas fue condenado como autor del delito de concierto para delinquir, determinador de varios delitos de violación ilícita de comunicaciones y autor de un delito de abuso de función pública y autor de varios delitos de abuso de autoridad por actos arbitrarios e injustos. Sin embargo, continuará en libertad hasta que se emita el monto de la condena.
En la lectura del fallo condenatorio, el alto tribunal negó que este proceso tuviera un tinte político, como lo manifestó la defensa de los procesados, o que el mismo se diera por la animadversión que existió entre la Corte Suprema de Justicia y el entonces presidente, y actual senador, Álvaro Uribe Vélez. Ante esto rechazaron estos argumentos asegurando que esto nunca ha sido el modo de actuar de la Corte.
Para la Corporación, el proceso y la condena se ejecutó teniendo en cuenta las conductas delictivas mientras ejercían sus cargos tanto en el DAS como en la Secretaría de la Presidencia de la República. “No se sustenta en ideas políticas de los procesados, o su cercanía a algún movimiento o dirigente político”, explicó el magistrado ponente, Fernando Castro Caballero.