miércoles noviembre 20 de 2024

Espaldarazo de EE.UU. a Colombia en estrategia para reducir cárcel a eslabones débiles en la cadena del narcotráfico

Washington D.C, 3 de Mayo_ RAM_ Esta semana, en el marco del 57 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la OEA, Colombia presentó uno de los estudios más esperados en el continente: el que busca alternativas a la cárcel como sanción para delitos relacionados con drogas. El compendio, que incluye 41 iniciativas diferentes, fue recibido con especial interés por Estados Unidos, que en cabeza de Michael P. Botticelli, el director de la Oficina de Política Nacional para el Control de Drogas de la Casa Blanca, felicitó a Colombia por iniciar una búsqueda que permita darle un tratamiento con perspectiva de salud pública a los actores más débiles de la cadena del narcotráfico.

“La utilización irreflexiva del derecho penal, su utilización como única forma de reacción estatal, no solo deja intacto el origen del problema, sino que además desgasta al aparato judicial en cuanto a su operatividad”, indicó en la presentación del documento el Ministro de Justicia, Yesid Reyes Alvarado, en cabeza de quien estuvo la Secretaría del Grupo Técnico, coordinado por Colombia desde el 2013. Rodrigo Uprimny, como miembro de la Comisión Asesora de Política de Drogas, respaldó la elaboración del informe en calidad de líder técnico legal.

José Miguel Insulza, Secretario General de la OEA, agradeció a Colombia su liderazgo en el contenido de este documento, que también será parte de la posición de Colombia de cara a la Sesión Especial de la Asamblea de las Naciones Unidas (UNGASS) 2016.

«Debemos huir de un enfoque que solo confía en las fuerzas de seguridad y que estigmatiza al drogadicto. Ya hemos dado el primer paso para centrarnos en la perspectiva de la salud pública, sabemos dónde tenemos que ir, ahora el reto es la implementación», dijo Botticelli al conocer el documento que presenta una amplia gama de posibilidades de política para generar respuestas diferenciadas a la privación de la libertad. El informe cuenta también con el respaldo de Brasil Argentina, Ecuador, Guatemala, México, Jamaica, y Trinidad y Tobago.

“Este informe debe tomarse como una primera referencia orientadora que no excluye otras experiencias que sobre la materia puedan existir”, expresó Javier Flórez, Viceministro (e.) de Política Criminal del Ministerio de Justicia, durante la entrega oficial en Washington. Agregó que estas medidas se agrupan en tres categorías dependiendo de la etapa del proceso penal: antes de la apertura, durante el proceso penal con el fin de buscar la proporcionalidad de la sanción al delito cometido y para el control de la población carcelaria, enfocadas en liberación anticipada de sentenciados. Indicó además que el documento se ocupa en su mayoría de casos referentes a consumidores, pequeños cultivadores, traficantes de pequeñas cantidades de droga, «mulas» y menores de edad.

En Colombia, alrededor de 23.000 personas están en las cárceles por este tipo de conductas, con un costo anual de unos 138 millones de dólares, «que podrían ser mejor empleados en la prevención y adopción de medidas alternativas que atiendan las vulnerabilidades económicas y sociales de nuestros territorios más afectados», concluyó Flórez.

Algunos casos recogidos por el informe

Comisiones de disuasión en Portugal

Portugal aprobó en el 2000 una ley que despenaliza la posesión todas de drogas; sigue siendo una conducta ilícita pero se sanciona con una respuesta administrativa. El mecanismo para la implementar las medidas administrativas son las llamadas “Comisiones de Disuasión”. Hay 18 comisiones, una por cada provincia del país, dependen del Ministerio de Salud y están conformadas por un experto en leyes, un profesional de la salud y un trabajador social. También reciben el apoyo de psicólogos y sociólogos.

Cuando una persona es encontrada en posesión de una cantidad de sustancias psicoactivas inferior a la cantidad correspondiente a diez días de uso personal, la droga es decomisada y la persona es citada para presentarse ante una Comisión. En caso de que supere este umbral, la conducta entra en el ámbito penal. Por ley no se puede imponer una multa a una persona dependiente, pues con ello se le podría forzar a cometer un delito para obtener el dinero para pagarla. Pueden imponer una medida administrativa, por ejemplo suspensión de la licencia de conducir, prohibición de acudir a determinados lugares, trabajo comunitario y multa, entre otras.

Back On Track

Dirigido a infractores de entre 18 y 30 años de edad sin ninguna condena previa, acusados de microtráfico y que no hayan incurrido en violencia relacionada. Los participantes del programa son remitidos por la fiscalía, se declaran culpables de la ofensa y son supervisados por un juez designado. Dura entre 12 y 18 meses trabajando con ONG locales, bajo supervisión judicial, ofrece capacitación laboral y otros programas, mientras exige que los participantes realicen servicio comunitario. Si un participante no cumple los requisitos del programa, el juez puede imponer inmediatamente la sanción de ir a la cárcel.

Según la oficina del fiscal de San Francisco, que sigue Back on Track, después de casi una década, se ha reducido la reincidencia entre los graduados a menos del 10 por ciento. La réplica más notable del programa está en Filadelfia, donde

la fiscalía local ha establecido un programa llamado la elección es tuya (The Choice is Yours, TCY).

Directrices de sentencia en Inglaterra y Gales

A principios de 2012, el Sentencing Council for England and Wales emitió las directrices de sentencias para delitos de drogas. Éstas constituyen un ejemplo de medida que busca determinar criterios de sentencias más consistentes y proporcionales. Las directrices no modifican la ley en la materia –Misuse of Drugs Act– sino que provén al poder judicial orientaciones sobre rangos de sentencias y criterios a tomar en cuenta en el establecimiento de una pena.

Se contemplan siete categorías de delitos: introducción o extracción de drogas controladas al país, suministro u oferta de suministro, posesión con fines de proveerla a otra persona, producción, cultivo de la planta cannabis, permitir el uso de instalaciones y posesión de sustancias controladas. Por cada delito se explicitan rangos de ofensa, o sea el rango de sentencia mínima y máxima aplicable.

Para establecer la pena se toman en cuenta estos factores: modalidad del delito, tipo y cantidad de sustancia y el rol del infractor (papel de liderazgo, significativo o menor). Uno de los grupos que se ha visto beneficiado son las mujeres usadas como “mulas” por las redes de tráfico internacional de drogas. Con las directrices, la duración de las sentencias promedio aplicadas en ese supuesto

se ha reducido a casi la mitad de las condenas.

Cabe precisar que en la mayoría de los casos las penas impuestas son de servicios a la comunidad y sólo alrededor de nueve por ciento de las personas acusadas de un delito relacionado con las drogas reciben una condena privativa de la libertad.

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