Padres podrán revisar cuentas de redes sociales y correos electrónicos de sus hijos sin orden judicial
En el marco de la protección a los derechos de los infantes, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia avaló que los padres pueden revisar las cuentas de correos electrónicos y redes sociales de sus hijos menores de edad sin su autorización.
La Corte Suprema afirmó que en este caso no se puede hablar de una violación al derecho a la intimidad de los menores de edad, por lo que los padres están autorizados para orientar y controlar a sus hijos.
El alto tribunal manifestó que sería un contrasentido calificar como ilegales o una violación a la intimidad las actividades de seguimiento, orientación y protección de los padres a los menores de edad cuando estén en la red.
La decisión de la Corte responde al caso de una menor de edad cuyos correos electrónicos y redes sociales fueron revisados por su madre al considerar que estaba ingresando en portales o viendo información indebida.