viernes julio 26 de 2024

Se mantiene la prohibición de reelección presidencial en Colombia

11 mayo, 2016 Política

La Corte Constitucional no estudió una demanda contra la reforma de equilibrio de poderes, que buscaba habilitar un segundo mandato

La Corte Constitucional colombiana determinó rechazar por votación 8 a 1 la ponencia del magistrado Eduardo Mendoza Martelo con la que pretendía anulas las reelecciones presidenciales en los años 2006 (Álvaro Uribe Vélez) y 2010 (Juan Manuel Santos).

La ponencia de Mendoza estaba basada en una demanda del expresidente de la Corte Constitucional Jaime Araújo Rentería, que argumentó que dichas reelecciones debían ser anuladas puesto que provienen de un acto ilegal conocido como la “Yidispolítica”

El Alto Tribunal consideró que la querella era improcedente ya que el ente se había pronunciado desde el 2008 cuando se pronunció sobre el acto legislativo que permitió la reelección presidencial en su momento.

Así, la Corte determinó que no era necesario pronunciarse de nuevo sobre el mismo tema, ya que en primera instancia no encontraron irregularidades en la aprobación del acto legislativo.

Con esta decisión quedó en firme el artículo 9 de la polémica reforma de equilibrio de poderes el cual ha sido considerado la columna vertebral pues prácticamente cerró la puerta a que futuros presidentes puedan ser reelectos en sus cargos tal como ocurrió con el expresidente Álvaro Uribe y con el actual mandatario Juan Manuel Santos.

Sin embargo, la prohibición de la reelección solo podrá ser reformada o derogada mediante un referendo de iniciativa popular o una asamblea constituyente.

El artículo que había sido demandando dice textualmente «no podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de tres meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio. La prohibición de la reelección solo podrá ser reformada o derogada mediante referendo de iniciativa popular o asamblea constituyente».

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