jueves julio 18 de 2024

Reforma tributaria rige desde el 1 de enero

30 diciembre, 2016 Económicas

Reforma Tributaria

El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley que permite la entrada en vigencia de la reforma Tributaria aprobada por el Congreso de la República.

Este Ley regirá a partir de este 1 de enero en todo el país y el cambio más relevante es el incremento del IVA del 16 al 19 %, sin embargo, el ministro de Hacienda aclaró que se dará un mes de gracia para que los comerciantes puedan salir del inventario que aún no está gravado con la nueva tarifa.

Comerciantes tendrán un mes de gracia para actualizar los precios que mantienen en stock.

“Comenzará el 1 de enero de 2017, sin embargo, habrá un periodo de gracia de un mes para que ese proceso pueda adelantarse, los comerciantes pueden hacer esa tarea de ponerlo los nuevos precios a los productos en un mes”, dijo Cárdenas.

El ministro aclaró que la mayoría de los productos que se venden en los supermercados están libres de IVA y que hay otros a los que se les redujo este impuesto del 16 al 5 %.

“Ninguno de los alimentos, ni el pollo ni los huevos ni los quesos ni las verduras ni las frutas o medicamentos, o el transporte, las matriculas o útiles escolares tendrán IVA, además, hay otro producto a los que se les bajó el IVA, como los productos de aseo femenino, venían con un IVA del 16% y se bajan al 5 %, esto es muy importante para que en febrero o enero bajen los precios”, agregó el ministro.

La aprobación de la Reforma Tributaria se dio con 52 votos a favor en el Senado; antes, la plenaria de la Cámara de Representantes había aprobado el texto de conciliación con 96 votos a favor y 33 en contra.

Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda, señaló que el aumento aprobado para el impuesto del IVA, del 16 al 19%, operará a partir del 1 de febrero, y que el resto de los gravámenes entrarán en la vida normal de cada ciudadano y de las empresas desde el primer mes del año.

Entre las cosas positivas que tiene, están algunos cambios, exenciones y rebajas impositivas como el IVA del 5% para las toallas higiénicas y los tampones femeninos. De igual manera para vehículos eléctricos y las bicicletas de menos de $1 millón 500 mil de valor.

Otros datos claves son:

Exención del impuesto a los celulares que valgan menos de 650 mil pesos y para los planes de datos de menos de 50 mil pesos.

Incremento del IVA del 16 al 19% para más del 50% de la canasta básica de los colombianos.

Cereales preparados, hortalizas y legumbres enlatadas, derivados lácteos, condimentos, dulces, confites, gelatinas y jugos, verán incrementado su precio.

Cobro de impuesto al consumo del 8% para motocicletas de 200 cm cúbicos en adelante.

Aprobación de un artículo que crea un nuevo impuesto para el cannabis medicinal.

Todo lo que debe saber de la Reforma Tributaria

La tarifa básica del IVA subirá del 16 al 19% y se hará efectiva a partir del 1 febrero. 

Personas Naturales 

  1. El 90% de las personas naturales no resultará afectada por la implementación de la reforma tributaria estructural.
  1. Los colombianos que tengan ingresos de $ 2.479.000 al mes no tendrán que presentar declaración de renta ni tampoco efectuar ningún pago.
  1. El Gobierno nacional estimó que el actual esquema se mantiene vigente sin mayores cambios.
  1. Hoy declaran renta un total de 2.479.147 declarantes con ingresos de $ 3.471.183. En el 2018 los declarantes serán de 2.68.977 con ingresos mensuales de $ 2.479.417
  1. Quienes reciban dividendos pagarán un impuesto de 10% para montos superiores a $29,7 millones al año y un 5% para dividendos entre $17,8 y $29,6 millones.

Personas jurídicas

  1. El impuesto de renta en su tarifa 34% en el presenta año bajará ya al 33% en el 2018.
  1. Las rentas exentas del impuesto de renta, pero que hoy pagan CREE, continuarán gravadas con una tarifa preferencial del 9% en materia de renta. Aquí se encuentran los rendimientos de contratos de leasing celebrados hasta 2012, rentas provenientes de cultivos de tardío rendimiento hasta 2014, rentas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado con participación del Estado superior al 90% que ejerzan los monopolios de suerte y azar y licores y alcoholes y la ley del Libro.
  1. Quiénes pagaran una renta del 9% y que en la actualidad se encuentran excluidos son: servicios de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado, servicios de ecoturismo, desarrollo de software, rendimientos generados por la reserva de estabilización que constituyen las AFP, recursos provenientes de donaciones en desarrollo del Protocolo de Montreal, rentas de las Zonas Económicas de Exportación y rentas por el arrendamiento de vivienda urbana por parte de sociedades especializadas. CUALES SON LAS SOCIEDADES ESPECIALIZADAS, son aquellas dedicadas al arrendamiento de vivienda de interés social urbana que fueron reglamentadas mediante el decreto1789 de 2004.
  1. En la reforma tributaria se contemplan incentivos en materia de renta para generar empleo y desarrollo económico en las zonas afectadas por el conflicto armado en el país. Para micro y pequeñas empresas No pagarán impuesto de renta en el periodo comprendido entre el 2017 y el 2021. 2022-2024 el 25% de la tarifa general de Renta. Para empresas medianas y grandes pagaran el 50% de la tarifa general de renta hasta el 2021.

MONOTRIBUTO

El proyecto está orientado a formalizar a cerca de 300 mil tenderos que operan en Colombia.

  1. En la reforma se establece que solo aplicará para personas naturales.
  1. El esquema es voluntario y si no acepta el nuevo modelo la persona continuará pagando renta.
  1. Las personas que escojan el pago del MONOTRIBUTO se benefician con un ahorro a la vejez y cobertura en materia de riesgos laborales.
  1. Las personas con ingresos entre $ 41.654.220 pagarán 40 mil pesos. Entre $ 62.481.300 y $ 83.308.400 serán 60 mil pesos y entre $ 83.308.400 y 104.135.500 una tarifa de 80 mil pesos.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

  1. Productos sin IVA: carne, pollo, leche, queso fresco, huevos, ganado bovino, pescado, cerdo, cuadernos y libro, animales vivos, medicamentos, educación, abonos, transporte públicos, aguas minerales, fertilizantes, internet fijo para los estratos 1 y 2, computadores de menos de un millón de pesos, tabletas y teléfonos inteligentes de menos de 650 mil pesos y edificaciones de menos de 800 millones deducible de renta.
  1. Impuesto al consumo de datos en telefonía celular con una tarifa del 4% que se va a distribuir en un 60% para el deporte y un 40% para cultura.
  1. La tarifa básica del IVA sube del 16 al 19%: aceites, margarina, pasajes aéreos, papel higiénico, pañales, electrodomésticos, calzado, joyas, aparatos de telefonía celular, repuestos de los carros y vehículos entre otros.
  1. Con una tarifa del 5 % para café tostado y descafeinado, avena, maíz para uso industrial, chocolate de mesa, pastas alimenticias sin cocer, repuestos para vehículos a gas, vehículos eléctricos, pañales, toallas higiénicas entre otros.
  1. las toallas higiénicas y las bicicletas de menos de 1.500.000 tendrán un IVA del 5%. Los celulares de menos de $ 650.000 no tendrán IVA para promover la digitalización de la economía del país. También se acordó que en el caso de los planes de datos de la telefonía celular tendrán un impuesto al consumo del 4% por encima de 45 mil pesos mensuales.
  1. El Gobierno dará un plazo de un mes para que los comerciantes realicen los cambios en los productos y servicios que tendrán un incremento por la implementación de las nuevas tarifas del IVA. Los cambios comenzarán a operar desde el primero de febrero.

IMPUESTO VERDE

  1. Para apalancar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia, en el marco de la COP21, y reducir la contaminación, y apoyar el Fondo de Sostenibilidad, la Reforma propone la implementación de varias medidas.
  1. Impuesto a los combustibles fósiles para el consumo nacional. Este impuesto se gravará a los consumidores por cada galón de combustible que se compre. En el caso de la gasolina, será de 135 pesos por galón; diesel $ 152 y el GLP 95 pesos.
  1. El impuesto a las bolsas plásticas se tendrá que aplicar en todos los establecimientos. La tarifa será de 20 pesos y terminará en 50 pesos.

CIGARRILLOS

La Reforma tributaria que se aprobó en el Congreso de la República establece un aumento en la cajetilla de cigarrillos de 700 pesos en el 2017 y otros $ 700 en el 2018.

DIAN

  1. La reforma plantea fortalecer la DIAN para mejorar la lucha contra la evasión de impuestos
  1. Se mejorar el sistema informático y tecnológico de la DIAN para que pueda cumplir las metas de recaudo tributario.
  1. Aumentar el número de auditores e inspectores de la DIAN, para reducir al máximo la evasión y castigar a los grandes evasores.
  1. se establece cárcel para los evasores de impuestos superior a 5 mil millones de pesos con una condena de 4 a 9 años.
  1. Potenciar el uso de la factura electrónica e impulsar adicionalmente el intercambio de información automática con cientos de países en el mundo.

Teléfonos celulares de menos de $ 650.000 no tendrán IVA

Las toallas higiénicas tendrán a partir del primero de enero un impuesto al valor agregado del 5%.

Con algunos cambios importantes quedo listo el texto de conciliación de la reforma tributaria estructural que hoy será aprobado por el Congreso de la República.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas confirmó que las toallas higiénicas, los vehículos eléctricos y las bicicletas de menos de 1.500.000 tendrán un IVA del 5%.

Explicó que por primera vez los celulares de menos de $ 650.000 no tendrán IVA para promover la digitalización de la economía del país.

También se acordó que en el caso de los planes de datos de la telefonía celular tendrán un impuesto al consumo del 4% por encima de 45 mil pesos mensuales.

De acuerdo con el Ministro de Hacienda en el caso de la penalización de la evasión de impuestos se mantiene para los topes superiores a los 5 mil millones de pesos con cárcel de 4 a 9 años. A esto se suma la penalización para los retenedores del IVA que no hagan sus pagos oportunamente y para quienes deben cobrar el impuesto y no lo hagan.

En la conciliación se excluyó del IVA el gas propano que se consume en las zonas rurales del país y el uso de los vehículos.

“Son decisiones que favorecen a los colombianos, porque se reduce el impacto del impuesto al valor agregado en productos de gran importancia”, subrayó.

Añadió que en el caso de la renta presuntiva se acogió la propuesta de la cámara de representantes queda en el 3.5% del patrimonio. A esto se suma que se mantiene el actual esquema de las zonas francas.

Los conciliadores determinaron que los pensionados tendrán que seguir pagando el 12 por ciento de los aportes de salud.

Reforma Tributaria ‘permitirá que programas sociales lleguen a más colombianos’: Presidente Santos 

Al felicitar al Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, y agradecer al Congreso de la República por la aprobación de la conciliación de la Reforma Tributaria, el Presidente Juan Manuel Santos afirmó que dicha iniciativa permitirá que los programas sociales que impulsa el Gobierno Nacional amplíen su cobertura en los sectores sociales.

“Felicitaciones @MauricioCard y gracias a Congreso por aprobar #ReformaTributaria. Permitirá que programas sociales lleguen a más colombianos”, indicó el Jefe de Estado a través de su cuenta de twitter @JuanManSantos.

Cabe recordar que las plenarias del Senado y la Cámara aprobaron este miércoles la conciliación de la Reforma Tributaria, la cual pasará a sanción por parte del Presidente de la República.

Sobre la Reforma Tributaria el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, tras agradecer al Congreso por la aprobación de la conciliación, sostuvo que este esfuerzo es fundamental para que el país continúe creciendo y los colombianos más pobres se sigan beneficiando con los programas sociales del Gobierno Nacional.

Cronograma para el pago de impuestos en el 2017

 Los contribuyes colombianos deben empezar a preparar el bolsillo para efectuar el pago de los impuestos en el 2017, tras revelar la Dian el cronograma respectivo.

Así quedó establecido con la expedición del Decreto 2105 de 2016, en el que los contribuyentes pueden programar el pago de sus obligaciones tributarias y aduaneras del año que se avecina.

Según la Dian, los vencimientos para que las personas naturales que cumplan con la obligación de declarar o pagar renta comenzarán el 9 de agosto y terminarán el 19 de octubre de 2017, de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria – NIT.

En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera cuota (de tres), se cumplirá entre el 8 y 21 de febrero; para la segunda será entre el 11 y el 23 de abril; y la tercera deberán pagarla entre el 8 y 23 de junio de 2017, a partir del último dígito del NIT.

Por su parte, las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la primera cuota de esta obligación entre el 11 de abril y el 11 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, mientras que el otro porcentaje del impuesto a cargo deberán pagarlo entre del 8 al 22 de junio del próximo año, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

El cronograma establece que el Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE-El plazo para los obligados presentar la declaración Impuesto sobre la Renta y para la Equidad CREE y para cancelar en dos (2) cuotas iguales el valor por concepto de este impuesto y el anticipo de la sobretasa al impuesto sobre renta para la equidad CREE vence del 11 al 26 de abril (para la primera cuota) y del 8 al 22 de junio de 2017 (para la segunda cuota), atendiendo el último dígito del NIT.

Entre tanto, el Impuesto a la Riqueza e Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza El plazo para presentar la declaración del impuesto a la riqueza y su complementario de Normalización Tributaria y para cancelar en dos (2) cuotas iguales el valor a pagar por este impuesto, vence del 9 al 22 de mayo (primera cuota) y entre el 8 y el 21 de septiembre de 2017 (segunda cuota), atendiendo el último digito del NIT del declarante.

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