martes julio 23 de 2024

Fiscalía confirma que ha recibido 48 peticiones de amnistía

11 febrero, 2017 Judiciales, Política

_ La Vicefiscal General de la Nación, María Paulina Riveros, informó que hasta el momento el ente acusador ha recibido 48 solicitudes de amnistía, mecanismo establecido en el acuerdo del fin del conflicto con las Farc.

Al respecto, la funcionaria del organismo investigador le envió una carta al Alto Comisionado para La Paz, Sergio Jaramillo, en la cual, además, le reitera los procedimientos para hacer efectivo ese privilegio.

En el documento la vicefiscal reitera que para proceder a la aplicación de la Ley 1820 del 30 de diciembre de 2016, esa oficina debe disponer lo siguiente:

Modelo del acta compromiso conforme al texto definido para el proceso de dejación de armas, previsto en el artículo 18 de la ley 1820 de 2016.

Indicar a qué dependencia y funcionario deben remitirse los peticionarios a efectos de suscribir el acta formal del compromiso de la que trata el artículo 36 de la ley 1820 de 2016.

Listado oficial del Gobierno Nacional, verificado conforme a lo establecido en el Acuerdo Final.

Los pronunciamientos de la Fiscalía General se produjeron después de que las Farc en su página de internet llamaran la atención del gobierno por la demora en la implementación de este punto.

¿Y Qué Pasa Con La Amnistía Y El Indulto Acordados?, tituló la nota en la cual afirman que se trata de otro incumplimiento del gobierno a los acuerdos de La Habana, tras el relacionado con las zonas veredales transitorias de normalización.

Recuerdan las Farc lo estipulado en el pacto del fin del conflicto:

“A la cesación de hostilidades, las autoridades en el poder procurarán conceder la amnistía más amplia posible a las personas que hayan tomado parte en el conflicto armado o que se encuentren privadas de la libertad, internadas o detenidas por motivos relacionados con el conflicto armado”. Además, en el Acuerdo Definitivo se determinó que sería aplicable a las FARC el proceso de indultos regulados por la ley 419 de 1997. El punto 4 del protocolo sobre dejación de armas dice:

“Las personas privadas de la libertad por pertenecer a las FARC-EP, que tengan condenas o procesos por delitos indultables según las normas en vigor a la fecha del inicio de la dejación de armas, serán objeto del indulto previsto en la ley 418 de 1997 y sus posteriores reformas, exclusivamente para las conductas que las leyes permiten indultar. El indulto se otorgará con efectos desde el momento en que se inicie el proceso de dejación de armas”.

Con relación a las solicitudes de indulto con fundamento en la aplicación de la mencionada ley 418, que, afirman, por cierto, es bastante estrecha en cuanto a las conductas punibles que podrían beneficiarse del mismo, recuerdan que el 6 de diciembre se entregó el listado de posibles beneficiarios, del cual hacen parte 432 guerrilleros presos.

Y agregan: De inmediato sobrevino la depuración de la misma por la oficina jurídica del alto comisionado, alegando diversas razones.

Según las cifras del Alto Comisionado se han hecho efectivos 106 de los indultos, de los cuales 96 pertenecen a nuestras listas, mientras los otros diez fueron personas que no estaban privadas de la libertad en establecimiento carcelario. El plazo legal para el procedimiento es de tres meses a partir de la solicitud, la cual inicia su carrera de firmas de una a otra oficina en las que se aplica uno y otro filtro. La agilidad oficial es tanta como la mayor exclusión posible de nombres.

Finalmente precisan: Como se ha demostrado reiteradamente, el gobierno se esfuerza por exigir a las FARC el cumplimiento cabal de todo lo que se refiera a ellas, pero muy poco hace por cumplir los acuerdos en lo que le corresponde a él. Ahora el afán es porque los guerrilleros en armas se ubiquen cuanto antes en las zonas, pese a su pésimo estado, al tiempo que se desentiende del mismo asunto cuando se trata de los guerrilleros en las cárceles. Estos pueden ser 1600. ¿Es justo eso?

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