jueves agosto 1 de 2024

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial para que el Estado llegue a zonas afectadas por el conflicto

29 mayo, 2017 Política

El Presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto Ley 893 por medio del cual se crean los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, PDET, que permitirán impulsar la presencia del Estado especialmente en las regiones afectadas por la carencia de una función pública eficaz por los efectos del conflicto.

De acuerdo con la normativa, suscrita también por el ministro del Interior, Guillermo Rivera, la implementación de los PDET “implica disponer efectivamente de un instrumento para que los habitantes del campo, las comunidades, los grupos étnicos y todos los involucrados en el proceso de construcción de paz en las regiones, junto al Gobierno Nacional y las autoridades públicas, construyan planes de acción concretos para atender sus necesidades, de acuerdo al enfoque territorial acordado entre todos”.

Así mismo, los PDET “se formularán por una sola vez y tendrán una vigencia de diez (10) años. Serán coordinados por la Agencia de Renovación del Territorio (ART), en ejercicio”.

Igualmente, el Decreto Ley 893 prevé que se desarollarán 16 PDET en 170 municipios agrupados en las siguientes subregiones: Alto Patía-Norte del Cauca, Arauca, Bajo Cauca-Norte Antioqueño, Catatumbo, Chocó, Cuenca del Caguán y Pidemonte Caqueteño, Macarena-Guaviare, Montes de María, Pacífico Medio, Pacífico y Frontera Nariñense, Putumayo, Sierra Nevada-Perijá, Sur de Bolívar, Sur de Córdoba, Sur del Tolima, Urabá Antioqueño.

El mencionado decreto también señala que de acuerdo con las “particularidades y dinámicas de cada región, se garantizará la participación efectiva, amplia y pluralista de todos los actores del territorio, en los diferentes niveles territoriales, en -el proceso de elaboración, ejecución, actualización, seguimiento y evaluación de los PDET y de los PATR”. (Planes de Acción para la Transformación Regional).

Además, para la financiación de los PDET y los PATR “el Gobierno Nacional y las entidades territoriales contarán con los recursos del Presupuesto General de la Nación, del Sistema General de Participaciones, del Sistema General de Regalías y las diferentes fuentes de financiación públicas o privadas, conforme a sus respectivos regímenes legales, así como recursos de la cooperación internacional”.

La normativa indica que la Agencia de Renovación Territorial (ART) “dirigirá la construcción participativa y la respectiva revisión y seguimiento de los PATR de los PDET, y coordinará la estructuración y ejecución de los proyectos de dichos planes, en articulación con las entidades nacionales, territoriales y las autoridades tradicionales de los territorios de los pueblos, comunidades y grupos étnicos”.

Finalmente, la ART “creará un bé3nco de proyectos en el cual se inscribirán los proyectos contenidos en los PATR. Para soportar este banco utilizará el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación”.

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