jueves agosto 1 de 2024

Presidente no podría renunciar a caducidad ante el CNE

14 junio, 2017 Política

El magistrado Héctor Helí Rojas tiene lista la ponencia que presentará ante la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, en donde responde a la consulta que hizo el exministro del Interior Juan Fernando Cristo, el pasado 17 de marzo, manifestando el interés del presidente Juan Manuel Santos en renunciar a la caducidad de su campaña de 2010, para que fuera investigada por el organismo electoral.

Rojas defiende la tesis de que no es posible renunciar a la caducidad, citando una serie de normas y sentencias conforme a las cuales la caducidad no puede ser revivida.

«El honorable Consejo de Estado, en alusión a la oportunidad para presentar las demandas en sentencia 2003-00801 de 26 de agosto de 2011, señaló que la caducidad es un fenómeno jurídico taxativo de naturaleza procesal que se presenta en los casos expresamente señalados en la ley, las partes no pueden variar sus perfiles legales, ni renunciar a ella», dice el documento.

Pero, además, teniendo en cuenta que es un tema referente a una posible violación de topes en la financiación de esa campaña, por el aporte que habría hecho Odebrecht mediante el pago de dos millones de encuestas, el magistrado afirma que el artículo 21 de la ley 996 de 2005 establece que la denuncia en este caso debe darse dentro de los 30 días siguientes a la elección presidencial.

En todo caso, esto tendrá que ser aprobado por la Sala Plena del CNE en las próximas semanas, antes de enviar la respuesta oficial al Ministerio del Interior.

Además, desde el organismo aclararon que primero debe someterse a consideración el proyecto de resolución del magistrado Emiliano Rivera, quien tiene a su cargo la indagación preliminar, dentro de las quejas radicadas por la Red de Veedurías Ciudadanas y el senador del Centro Democrático José Obdulio Gaviria.

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