Corte Suprema en histórica decisión ordena al gobierno adoptar plan para proteger la Amazonía colombiana
En un histórico fallo, la Corte Suprema ordenó al gobierno nacional adoptar un plan de acción de corto, mediano y largo plazo para proteger a la Amazonía Colombiana, tras advertir que el Estado no ha enfrentado eficientemente la grave problemática ambiental que se registra en la extensa región que se evidencia en el “alarmante incremento del 44% en la deforestación” que pasó de 56 mil 952 hectáreas a 70 mil 074 hectáreas entre 2015 y 2016.
La determinación la adoptó el alto tribunal al fallar una acción de tutela interpuesta por un grupo de 25 niños, niñas, adolescentes y jóvenes que reclamaron el derecho a gozar de un ambiente sano, vida y salud, mediante la preservación de la vasta zona amazónica.
Entre las acciones ordenadas, la Sala de Casación Civil dispone la elaboración del “Pacto Intergeneracional por la Vida del Amazonas Colombiano–PIVAC” para reducir a cero la deforestación y los gases efecto invernadero, la incorporación de componentes de preservación medioambiental en los planes municipales de ordenamiento territorial, y la ejecución efectiva de medidas policivas, judiciales y administrativas por parte de las tres corporaciones autónomas regionales con jurisdicción en el territorio amazónico.
En el estudio adelantado para conceder la tutela al grupo de menores edad representados por el director del Centro de Estudios De justicia, la Corte Suprema estableció que el Estado colombiano no ha enfrentado eficientemente la problemática de la deforestación en la Amazonía, pese a haber suscrito numerosos compromisos internacionales y a existir en el país suficiente normatividad y jurisprudencia sobre la materia.
Según la providencia, adoptada en decisión mayoritaria de la Sala de Casación Civil, las CAR no están cumpliendo sus funciones de evaluar, controlar y monitorear los recursos naturales, ni de sancionar la violación de normas de protección ambiental; la deforestación ocurre en lugares bajo la tutela de Parques Nacionales Naturales de Colombia –PNN; departamentos como Amazonas, Caquetá, Guaviare y Putumayo también incumplen las funciones de protección ambiental, y municipios del área amazónica concentran altos niveles de deforestación sin contrarrestar esa situación.
Con estos y otros elementos de juicio proporcionados por investigaciones del IDEAM y el propio Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corte determinó el nexo causal entre la afectación de los derechos fundamentales de los accionantes de la tutela, y en general las personas residentes en el país, con el cambio climático generado por la reducción progresiva de la cobertura forestal, causada por la expansión de la frontera agrícola, los narco cultivos, la minería ilegal y la tala ilícitas de los bosques de la región.
“Los reseñados factores generan directamente la deforestación de la Amazonía, provocando a corto, mediano y largo plazo, un perjuicio inminente y grave para los niños, adolescentes y adultos que acuden a esta acción, y en general, a todos los habitantes del territorio nacional, tanto para las generaciones presentes como las futuras, pues desboca incontroladamente la emisión de dióxido de carbono (CO2) hacia la atmósfera, produciendo el efecto invernadero, el cual transforma y fragmenta ecosistemas, alterando el recurso hídrico y con ello, el abastecimiento de agua de los centros poblados y degradación del suelo.…
“Por tanto, en aras de proteger ese ecosistema vital para el devenir global, tal como la Corte Constitucional declaró al río Atrato, se reconoce a la Amazonía Colombiana como entidad, ‘sujeto de derechos’, titular de la protección, de la conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las entidades territoriales que la integran”, consigna la sentencia de la Sala de Casación Civil.
En conclusión, la Corte Suprema de Justicia encontró que el gobierno nacional y las autoridades locales y regionales no están cumpliendo adecuadamente con los compromisos adquiridos para resguardar la Amazonía. Por ello, resolvió:
Ordenar a la Presidencia de la República, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y a la Cartera de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en coordinación con los sectores del Sistema Nacional Ambiental, y la participación de los accionantes, las comunidades afectadas y la población interesada en general, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la notificación de la tutela, formulen un plan de acción de corto, mediano y largo plazo, que contrarreste la tasa de deforestación en la Amazonía, en donde se haga frente a los efectos del cambio climático.
Ordenar a las anteriores autoridades formular en un plazo de cinco (5) meses, con la participación activa de los tutelantes, las comunidades afectadas, organizaciones científicas o grupos de investigación ambientales, y la población interesada en general, la construcción de un “pacto intergeneracional por la vida del amazonas colombiano -PIVAC”, en donde se adopten medidas encaminadas a reducir a cero la deforestación y las emisiones de gases efecto invernadero, el cual deberá contar con estrategias de ejecución nacional, regional y local, de tipo preventivo, obligatorio, correctivo, y pedagógico, dirigidas a la adaptación del cambio climático.
Ordenar a todos los municipios de la Amazonía colombiana realizar, en un plazo de cinco (5) meses, actualizar e implementar los Planes de Ordenamiento Territorial, en lo pertinente, deberán contener un plan de acción de reducción cero de la deforestación en su territorio, el cual abarcará estrategias medibles de tipo preventivo, obligatorio, correctivo, y pedagógico, dirigidas a la adaptación del cambio climático.
Ordenar a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía –Corpoamazonia, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico –CDA, y la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena –Cormacarena, realizar en un plazo de cinco (5) meses, en lo que respecta a su jurisdicción, un plan de acción que contrarreste mediante medidas policivas, judiciales o administrativas, los problemas de deforestación informados por el IDEAM.
Adicionalmente, en lo de sus facultades, los organismos querellados tendrán que, en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la tutela, incrementar las acciones tendientes a mitigar la deforestación. Y presentar con mensaje de urgencia las denuncias y querellas ante las entidades administrativas y judiciales correspondientes.
Río Atrato
La decisión sobre el Amazonas es la segunda que adoptan las altas cortes colombianas. En noviembre de 2016, la Corte Constitucional reconoció al Río Atrato, ubicado en el departamento del Chocó, como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las comunidades étnicas.
En el fallo de tutela, que sólo fue divulgado en junio de 2017, la Corte Constitucional conminó al Gobierno adoptar medidas para proteger al río Atrato, comenzando por la erradicación de la minería ilegal.
Al efecto, ordenó al Gobierno integrar una “comisión de guardianes del río Atrato” para proteger el afluente e implementar una política pública minero-energética y elaborar un plan de fortalecimiento institucional para que las entidades territoriales puedan “enfrentar de forma efectiva toda actividad minera ilegal”.
Según el fallo de la Corte Constitucional, “las autoridades estatales demandadas son responsables de la vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medioambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas demandantes por su conducta omisiva al no realizar acciones efectivas para detener el desarrollo de actividades mineras ilegales, que han generado la configuración de grave crisis humanitaria y ambiental en la cuenca del río Atrato, sus afluentes y territorios aledaños”.
La acción de tutela a favor del Río Atrato fue interpuesta por el Centro de Estudios para la Justicia Social ‘Tierra Digna’, a nombre de todas las comunidades indígenas del Chocó para “detener el uso intensivo y a gran escala de diversos métodos de extracción minera y de explotación forestal ilegales” que está arrasando con el sistema ecológico y causando daños irreparables en el medio ambiente.
Fallo sobre el Amazonas