domingo julio 21 de 2024

Despedir a un trabajador con discapacidad puede ser discriminatorio

09 mayo, 2018 Económicas, Generales, Judiciales

La Corte Suprema de Justicia, específicamente la Sala Laboral, estableció que siempre debe existir una justa causa o se debe demostrar ante la Oficina del Trabajo que una persona está en imposibilidad para seguir laborando, cuando está en una condición de discapacidad, si no, su despido se califica como un acto discriminatorio.

Un inspector de trabajo, dice el alto tribunal, solo podrá emitir una autorización después de constatar que la permanencia del empleado es “incompatible e insuperable”. Y certificará si la empresa vio el despido como la última opción.

Esto lo dice la Corte al ordenar el reintegro de un trabajador que perdió su capacidad laboral en un 39%. La empresa donde trabajaba lo despidió asegurando que afectaba la “economía de la empresa” y la prosperidad de los “negocios”.

Dice el alto tribunal que, “las personas son un fin en sí mismas y su valor intrínseco no está sujeto a los propósitos mercantiles; por lo tanto, para garantizar su dignidad y el disfrute de sus derechos, los empleadores tienen el deber de crear entornos adecuados para el crecimiento humano y la inclusión laboral, aprovechando las aptitudes y capacidades de las personas que posean condiciones especiales”.

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