domingo julio 21 de 2024

No más necropsias por muerte natural: Fiscalía

28 julio, 2018 Generales, Judiciales

De acuerdo con Medicina Legal en 2017 se practicaron 28.410 necropsias para determinar las causas de la muerte y más del 14 por ciento correspondieron a hechos naturales, algo que en criterio del fiscal general Néstor Humberto Martínez generó un desgaste de tiempo en materia de investigación y funcionarios.

Según Martínez la Fiscalía abrió 3.598 investigaciones por el posible delito de homicidio, la mayoría archivadas tras establecer que fueron muertes naturales o relacionadas a la salud.

Por eso el Ministerio de Salud y la Fiscalía suscribieron una circular para garantizar que tras una muerte natural los médicos tratantes expidan los certificados de defunción sin necesidad de inspecciones judiciales.

Las necropsias o inspecciones judiciales se remitirán solo a cinco cosos puntales:

  1. Homicidio o sospecha de homicidio.
  1. Suicidio o sospecha de suicidio.
  1. Cuando se requiera distinguir entre homicidio y suicidio.
  1. Muerte accidental o sospecha de la misma.
  1. Otras muertes en las cuales no exista claridad sobre su causa o la autopsia sea necesaria para coadyuvar a la identificación de un cadáver cuando medie la solicitud de una autoridad competente.

La Fiscalía planteó otras situaciones en las que se debe practicar de manera especial una autopsia médico legal:

  1. Muertes ocurridas en personas bajo como aquellas privadas de la libertad.
  1. Causadas por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
  1. Causada por la utilización de agentes químicos o biológicos, drogas, medicamentos, productos de uso doméstico y similar.
  1. Menores de edad cuando se sospeche que la muerte ha sido causada por abandono o maltrato.
  1. Muerte de gestantes o del producto de la concepción cuando haya sospecha de aborto espontáneo.

La Fiscalía y el Ministerio de Salud advierten que los médicos o entidades que incumplan las disposiciones de la circular se someten a sanciones y de ser necesario a investigaciones de carácter penal.

Además no pueden hacer cobros adicionales a familiares o acudientes de los fallecidos.

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