martes julio 16 de 2024

Minsalud , explica la adecuación del sistema para el manejo de la pandemia de covid-19

13 abril, 2020 Salud

 Bogotá, 13 de abril_ RAM_ El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez explicó los tres grandes temas abordados en el Decreto 538 de 2020, el cual adopta medidas para la contención, mitigación y la prestación de servicios de salud en el contexto de la pandemia.

“Es el que define los mecanismos de modificación a la estructura del sistema de salud y su adecuación para el manejo de la pandemia”, explicó el ministro en el programa Prevención y Acción con el presidente Iván Duque.

Prestación de servicios  

Este Decreto brinda la posibilidad de ofrecer servicios en instituciones que no son necesariamente de salud, “hemos visto en otros países que hoteles tienen que ser habilitados o tienen hospitales de campaña. Nosotros tenemos un sistema de habilitación que garantiza la calidad y es necesario que este sistema se flexibilice para poder hacer la atención fuera de los hospitales o en áreas de estas instituciones que no estuvieron diseñadas inicialmente para estos servicios”, señaló el jefe de la cartera de salud.

Lo anterior se da con el fin de responder a un número potencialmente muy grande de personas que pudieran estar demandando los servicios de salud.

“Tenemos un sistema que tiene diferentes ESP e IPS y cada uno actúa por su lado. En un ámbito de tener que responder a una pandemia es necesario que el sistema lo haga de manera unificada, no podemos aceptar que quien esté en una EPS tenga prelación sobre otra persona para el acceso a una unidad de cuidados intensivos. Tenemos que ser equitativos”.

Es por ello que se centraliza en los centros reguladores de urgencias, emergencias y desastres (CRUE) de cada departamento la información sobre disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios, y la remisión de los pacientes.

Se autoriza también la transferencia de recursos desde el MinSalud o las secretarías de salud hacia los hospitales para facilitar la operación o adquisición de equipos.

En cuanto a telesalud, destacó el ministro, “el decreto nos posibilita que con la capacidad de audio y video suficiente el médico o la enfermera pueda diagnosticar a su paciente desde su domicilio y consultorio, e incluso se pueda prescribir una fórmula médica a través de medios electrónicos”. De este punto, el ministro destacó que esto ayudará además a mantener el aislamiento preventivo obligatorio de la población en riesgo.

Talento humano

En el ámbito del talento humano en salud, el ministro Ruiz explicó los alcances luego de una reunión con representantes de gremios del sector salud. “Se genera un alistamiento para que en una situación extrema, en la que el sistema no tenga capacidad de respuesta se pueda utilizar de manera escalonada los recursos que garanticen la respuesta”, indicó.

Si llega a ser necesario, el talento humano en salud, en ejercicio o formación, podrá ser llamado para reforzar servicios, con excepción de embarazadas, cabeza de familia, si hay dos trabajadores de la salud en la familia, mayores de 70 años o tener enfermedad de base.

“Llevar los servicios a un hospital de campaña o a hoteles implica expandir de manera la disponibilidad de talento humano. Esto es lo que llamamos la fase crítica, tenemos que prepararnos para la eventualidad porque nuestra política ha sido trabajar en lo que estamos, pero prepararnos para lo peor”, dijo Ruiz Gómez.

Además, los prestadores deberán entrenar a quienes sean llamados y los estén más expuestos recibirán un pago adicional.

Como un “tema absolutamente relevante” explicó el ministro Ruiz la determinación de que la covid-19 se considerará enfermedad de origen laboral cuando sea diagnosticada en trabajadores de la salud y en el personal administrativo, de aseo, de vigilancia y de apoyo.

Por otro lado, Ruiz Gómez señaló el punto en el que se establece una compensación para las familias del régimen subsidiado cuando uno de sus miembros tenga diagnóstico confirmado de covid-19. Será por una sola vez, por núcleo familiar y el pago estará condicionado al cumplimiento de la medida de aislamiento.

Además, a las personas que se retrasen en las cotizaciones o dejen de hacerlo por la pérdida de su empleo, así como a los beneficiarios de los que fallezcan, el Gobierno les seguirá pagando la seguridad social en salud.

Dentro de las determinaciones establecidas en el Decreto está también que no se podrán subir los precios de las tecnologías y servicios de salud más allá de la inflación.

Otras decisiones

Como resultado de la reunión desarrollada entre Minsalud y gremios del sector, Ruiz Gómez anunció que Mintrabajo expidió una resolución “bajo la cual asigna a las ARL la responsabilidad de cubrir a las personas contratadas por OPS que estén afiliadas”.

Lo anterior significa que las personas contratadas por prestación de servicios estarán cobijadas por sus ARL. “Nosotros invertiremos específicamente 4.7 millones de pesos en atención exclusiva de pacientes covid-19 y ese dinero incluye insumos, tema médico y también elementos de protección que se deben garantizar, algunos pagos serán por giro directo. No puede haber excusa porque se garantiza la preparación de todos los hospitales”, destacó.

Por último, el ministro reiteró que los lineamientos sanitarios deben ser unificados. “Deben cubrir todo el territorio nacional, con adaptaciones a territorios particulares, pero no se puede resquebrajar. Es por ello que el Decreto 539 busca específicamente que se respete cualquier lineamiento de la autoridad sanitaria para dar a todos los ciudadanos del país la posibilidad de un manejo integral”, finalizó.

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