Tribunal revocó tutela que ordenaba la prueba PCR para los viajeros internacionales
Bogotá, 11 de marzo _ RAM_ Tras resolver una impugnación presentada por el Ministerio de Salud, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la tutela que le ordenaba a las autoridades la práctica de la prueba PCR a todos los viajeros internacionales que llegaran a Colombia.
En el debate jurídico se consideró que la acción judicial en la que se pedía la protección del derecho a la vida y la salud era improcedente.
Esto al señalar que en este caso se debía presentar una acción popular para la defensa de los derechos invocados y no una tutela.
«En consecuencia, las acciones populares tienen como finalidad la protección de los derechos e intereses colectivos, cuando éstos resultan amenazados o vulnerados, exista peligro, agravio o daño contingente, deben probarse necesariamente para la procedencia del amparo», precisa uno de los apartes del documento.
En este sentido se señala que en este caso no se agotaron todos los recursos e instancias judiciales para exigir la protección de los derechos mencionados.
(…) no se encuentra legitimada por activa y tiene a su alcance los mecanismos ordinarios de defensa previsivos por el legislador para proteger sus derechos, aunado al hecho de que en el asunto objeto de estudio el accionante no acreditó la ocurrencia de un perjuicio irremediable», añade la decisión.
Debido a esto, se revocó el fallo emitido el 25 de noviembre de 2020 por el juzgado 11 administración de oralidad de Bogotá.
El ministro de Salud, Fernando Ruiz celebró la decisión del Tribunal, indicando que resuelve la polémica que se presentó por el fallo judicial de primera instancia.