Corte Constitucional despenaliza el aborto en Colombia hasta el sexto mes
BOGOTA, 21 febrero,2022_RAM_ El alto tribunal decidió despenalizar el aborto totalmente durante las primeras 24 semanas de embarazo.
Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica sobre la despenalización del aborto en Colombia.
Así las cosas, el alto tribunal decidió despenalizar el aborto totalmente durante las primeras 24 semanas de embarazo, es decir hasta los seis meses.
«La Corte Constitucional declaró, en primer lugar, la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del articulo 122 de la Ley 599 de 2000 «por medio de la cual, se expide el Código Penal», en el sentido de que la conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la viogésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este limite temporal no será aplicable a los tres Supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006″.
También se indicó que no se eliminará la práctica del aborto del Código Penal, en caso de que no se cumplan las condiciones previamente aprobadas.
La decisión fue calificada como histórica, con los magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fdo. Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez) que votaron a favor.
Mientras que Cristina Pardo, Jorge E. Ibáñez, Paola Meneses y Gloria Ortiz, votaron negativamente.
Niegan impedimento de Pardo
Tras definir que la magistrada Cristina Pardo no tenía impedimento en la discusión por la despenalización del aborto, con una votación de 7-1, los jueces determinaron que “la ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como el que nos ocupa”.
Cabe recordar que Pardo presentó su impedimento argumentando que siendo Secretaría Jurídica de la Presidencia objetó conciencia para para no hacer el examen correspondiente a un proyecto de ley que buscaba garantizar este derecho en víctimas de violencia sexual, lo cual ya es una de las causas legales de aborto en Colombia.
En este sentido, Pardo dijo que su declaración de objeción de conciencia dejó en claro que la sentencia de 2006 es obligatoria y se declaraba impedida para garantizar la transparencia del debate actual por la despenalización del aborto.