Corte no tomará decisión sobre el matrimonio infantil
BOGOTA, 22 febrero,2022_RAM_ A través de una nota de prensa la Corte Constitucional informó que se inhibió de tomar una decisión de fondo sobre el matrimonio infantil, dado que no es posible realizar un control judicial. En Colombia por ley los niños entre los 14 y 18 años pueden casarse sin la autorización de sus padres
La demanda fue interpuesta por el abogado Camilo Ortega en agosto del 2021, con esta acción buscaba la declaración de inexequibilidad del artículo 53 del Código Civil y el artículo 53 de la Ley 1306, que reglamenta el matrimonio de menores, ya que considera que esta práctica, en algunos casos, se usa para encubrir ciertas situaciones de explotación y abuso.
La demanda interpuesta por Ortega contaba con el respaldo del Ministerio de Salud y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Ante la demanda el alto tribunal indicó que la decisión fue adoptada “por ineptitud sustantiva de la demanda” Es decir, porque no le es posible hacer control judicial sobre la demanda.
En la misma demanda argumenta que esta ley vulnera la educación ya que “imposibilita el establecimiento de un proyecto de vida propio, libre y pleno en cabeza de las mujeres. En los peores casos, se convierte en un mecanismo para perpetuar la trata de personas a través de la compra y venta de menores”.
Asimismo, la procuradora Margarita Cabello indicó que esto lo debía legislar el Congreso y no la Corte, ya que es la entidad encargada de adoptar las políticas necesarias para regular el matrimonio infantil, así como las que permitan la prevención, superación y erradicación de esta práctica en niños y adolescentes.