Nuevo Congreso debe rehacer lista de 10 candidatos a Contralor General
Bogotá, 14 julio de 2022_RAM_ Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictó medida cautelar por desconocimiento de principios de equidad de género y de meritocracia
El proceso de elección del sucesor de Carlos Felipe Córdoba en la Contraloría General de la República, cuya elección es de las primeras tareas del Legislativo que se posesiona este miércoles, acaba de ser suspendido en virtud de un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenó rehacer la lista final de 10 elegibles para el cargo.
La Sección Primera del Tribunal dictó una medida cautelar de urgencia que suspende el proceso de elección del Contralor hasta que una Comisión Accidental, con parlamentarios de todos los partidos, rehaga la lista de 10 candidatos que el anterior Congreso dejó confeccionada, desde abril pasado, para que este nuevo Parlamento proceda a escoger al nuevo titular del ente de control fiscal.
Dicha lista, en la que hay varios altos funcionarios de la actual Contraloría General, está compuesta por Andrés Castro Franco, Aníbal José Ouiroz, Carlos Fernando Pérez, Juan Carlos Gualdrón, Luis Alberto Rodríguez, Luis Carlos Pineda, Luis Fernando Bueno, María Fernanda Rangel, Mónica Certain Palma y Víctor Andrés Salcedo.
Sin embargo, la ciudadana Dalal Karime Dager Nieto interpuso una acción popular pidiendo al Tribunal que ordenara rehacer esa lista tras considerar que la Comisión Accidental del Congreso violó el principio de equidad de género y el principio mérito. Esto porque dentro de 10 seleccionados solo hay dos mujeres, pese a que la ley exige que se cumpla la llamada “Ley de cuotas” del 30%. Lo que significa que debería haber, por lo menos, tres integrantes femeninas en dicho listado.
La demandante trajo a colación que el pasado 14 de marzo la Universidad Industrial de Santander entregó una lista de 20 candidatos preseleccionados (de los más de 210 iniciales) que obtuvieron los mejores puntajes en las pruebas de conocimiento, aptitudes, análisis de antecedentes y valoración de las hojas de vida.
Dicha universidad realizó ese proceso de selección luego de suscribir un convenio con el Congreso para adelantar la convocatoria pública con miras a seleccionar la lista de aspirantes a Contralor General.
El listado entregado por la UIS, con los puntajes respectivos, es el siguiente:
Andrés Franco Castro: 86.0
Luis Carlos Pineda Téllez: 84.5
Julio César Cárdenas Uribe: 84.5
María Fernanda Rangel: 78.9
Carlos Hernán Rodríguez: 78.0
Juan Carlos Gualdrón:75.5
Carlos Fernando Pérez: 72.5
Luis Alberto Rodriguez:72.0
Víctor Andrés Salcedo 70.5
Mónica Elsy Certain Palma: 68.5
Luis Fernando Bueno: 67.0
Luis Hernando Barreto Nieto: 65.0
Elsa Yazmin González Vega: 65.0
Diana Carolina Torres: 62.0
Duván Darío Uribe: 53.0
Aníbal José Quiroz: 48.0
Sebastián Montoya Mejía: 45.5
Humberto García Vega: 40.5
Hernán Gonzalo Jiménez Barrero: 37.5
Karol Dahiana González Mora: 27.09.
Tras este paso, la Comisión Accidental parlamentaria escuchó los planteamientos de los 20 preseleccionados el 21 de abril y cinco días después definió el listado -ya mencionado- de 10 candidatos finalistas.
Según la demandante, no solo se violó el principio de equidad de género -porque solo hay dos mujeres dentro de los 10 finalistas-, sino el de mérito, porque el exdirector de Planeación Nacional, Luis Alberto Rodríguez, no cumple con los requisitos para el cargo al tener menos de 35 años de edad al momento de su inscripción en este proceso de convocatoria pública. También alegó que varios de los finalistas estarían inhabilitados por haber sido gestores fiscales el año inmediatamente anterior.
Tras analizar los argumentos de la demanda, la Sección Primera del Tribunal, con ponencia el magistrado Moises Mazabel Pinzón, decidió otorgar la medida cautelar de urgencia tras encontrar que, efectivamente, sí se desconoció el principio de equidad de género ya que solo hubo dos mujeres dentro del listado final de los diez elegibles, pese a que en la plancha de 20 preseleccionados habían cinco candidatas para poder completar la tercera aspirante finalista, cumpliendo así con el mandato de la Ley de Cuotas.
«… Esta Magistratura advierte que la mencionada Comisión, sin que mediara justificación alguna, seleccionó de dichos ciudadanos a 10 participantes, sin que estos fueran los que obtuvieran los mejores resultados, pues se dejó de lado, por ejemplo, a aquel que obtuvo el segundo lugar y tuvo en cuenta únicamente dos mujeres, cuando existía una tercera con un puntaje igual a uno de los incluidos», dice el fallo del Tribunal.
Los magistrados no aceptaron el argumento del Congreso, según el cual en este caso no se aplicaba ninguna regla de género contenida en la ley 581 de 2000, al considerar que el cargo de Contralor se encuentra dentro de las excepciones fijadas por esa misma norma. Esta tesis fue desechada.
En el caso de Rodríguez, el Tribunal indicó que, efectivamente, al inicio del proceso de selección este no había cumplido los 35 años de edad exigidos por la norma constitucional y, por ende, no podía estar ni siquiera en la lista de preseleccionados.
«En consecuencia, de las pruebas allegadas el Despacho advierte que no se tuvo en cuenta el principio de equidad de género, así como tampoco se observó el mérito que propugna respetar el Congreso de la República, máxime porque no hay razón válida para (i) desconocer a un participante con el segundo mejor puntaje y (ii) no haber incluido de forma igualitaria las mujeres con mayor puntaje que otros hombres que sí fueron incluidos, (iii) incluso con el incumplimiento de requisitos formales para el cargo», puntualiza el fallo.
De otra parte, el fallo negó el argumento de la demandante en torno a que podría haber una inhabilidad en por lo menos 6 de los 10 seleccionados finales por haber sido «gestores fiscales».
Así las cosas, tras este fallo, el nuevo Congreso debe nombrar una nueva Comisión Accidental, con parlamentarios de todas las bancadas, que debe «rehacer la lista de elegibles (10) para el cargo de Contralor General de la República conforme los criterios de selección fijados, cumplimiento de requisitos y los principios de mérito y equidad de género, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia».
El proceso de selección de Contralor venía siendo objeto de una dura controversia política por cuanto al interior de la coalición del Pacto Histórico, base del gobierno electo de Gustavo Petro, hay posturas que insisten en echar para atrás todo el mecanismo de convocatoria pública realizado por el anterior Parlamento y arrancar de cero la convocatoria pública para la escogencia del alto cargo.
Por el momento, más allá de esa controversia política por parte de las nuevas mayorías parlamentarias, le corresponderá al Congreso que se instala el próximo miércoles cumplir con esta medida cautelar que, sin embargo, no es el fallo definitivo sobre la demanda, ya que esta sigue en curso hasta que haya una decisión final.