martes noviembre 19 de 2024

Esmad podrá utilizar la fuerza solo en casos extremos

28 septiembre, 2022 Generales, Judiciales

ESMAD

Bogotá, 28 septiembre de 2022_RAM_ Como anunció el presidente Gustavo Petro, el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) tendrá reformas, entre ellas el uso de la fuerza durante manifestaciones sociales, derecho protegido por la Constitución Nacional.

El Ministerio de Defensa, encabezado por Iván Velásquez, presentó los nuevos lineamientos del (Esmad) y precisan que los integrantes de este escuadrón solamente podrán utilizar la fuerza, durante protestas sociales, como último recurso.

“Prima el derecho a la manifestación pública por encima del derecho al buen nombre que se afecta con las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecentes, escandalosas o excéntricas. Por ello no debe haber reacción ante tales injurias o calumnias”.

Este instructivo, 009, también explica el correcto actuar en situaciones de restablecimiento del orden en diferentes escenarios como huelgas, manifestaciones públicas, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, enfrentamiento entre barras bravas, asonadas, riñas colectivas, motines en establecimientos carcelarios o penitenciarios; y la usurpación de inmuebles o tierras.

Del mismo modo, plantean la creación de una Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), la cual actuará cuando los manifestantes ataquen o perjudiquen el patrimonio público o privado o vulneren derechos.

Sin embargo, y de acuerdo a los hechos registrados en las pasadas manifestaciones sociales, donde se evidenció el uso desmedido de la fuerza, por parte de la Policía y el Esmad precisa que el acompañamiento de esta debe ser  “discreto, para que la presencia de los miembros de la Policía Nacional no sea aprovechada por los manifestantes para incitar al odio”.

“Los policías no deben marchar junto a los manifestantes, tampoco colocarlos para abrir o cerrar la manifestación; no deben ser apostados de manera inerme en lugares donde puedan ser objeto de ataques”, señala el aparte relacionado con los procedimientos.

De acuerdo con el documento, una manifestación es violenta cuando los manifestantes atentan contra la seguridad pública a través de acciones como » incendio, lanzamiento de objetos peligrosos, porte de armas de fuego o blanca), o contra la vida e integridad personal (lesiones personales, homicidio en tentativa), o contra la administración pública (violencia contra servidor público, obstrucción a la función pública) o contra el régimen constitucional (asonada) o contra el patrimonio público o privado (daño en bien ajeno)».

Por otro lado, cuando las manifestaciones tengan presencia de jóvenes entre 15 y 24 años se deberá realizar una intervención previa, por parte de las unidades de la Fuerza Disponible. Sin embargo, si la violencia es desmedida o muy alta, las unidades especializadas de la UNDMO pueden intervenir de manera inmediata para aplicar los protocolos establecidos en la norma.

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