lunes noviembre 18 de 2024

Presidente Petro sancionó la ley que ratifica el Acuerdo de Escazú

Presidente Petro sancionó la ley que ratifica el Acuerdo de Escazú. Foto Presidencia

Bogotá, 05 noviembre de 2022_RAM_ El presidente Gustavo Petro, previo a su viaje a la Cumbre de la Cop27, en Egipto, firmó y con ello ratificó el acuerdo de Escazú, aprobado por el Congreso a comienzos de octubre.

En presencia de las ministras de Ambiente, Susana Muhamad, y Minas, Irene Vélez, el presidente dejó en firme su compromiso ambiental con la comunidad internacional que busca la protección de los recursos naturales, el medio ambiente y de las lides sociales que luchan por la conservación de los mismos.

«Firmo el tratado de Escazú, ya es ley de la República. Poder a la ciudadanía para defender la Vida y la Naturaleza», dijo el primer mandatario.

Del mismo modo, el presidente Petro precisó que este «tratado internacional que básicamente la da poder a la ciudadanía en defensa de la naturaleza, el planeta y la vida».

Cabe resaltar que fue el pasado 10 de octubre, con 119 votos a favor y solo las bancadas de Centro Democrático y Cambio Radical en contra que Colombia logró sacar este proyecto avante. En ese entonces, el primer mandatario colombiano celebró este triunfo diciendo: “Ha sido aprobado como ley el tratado internacional de Escazú, que busca proteger el medio ambiente y las y los ambientalistas. Felicitaciones al Congreso y a la sociedad colombiana».

Ese mismo día, la ministra Muhamad precisó que «Esta es una ley vital para la ciudadanía de Colombia y lo hemos hecho en un trabajo conjunto entre el Congreso, el Gobierno y la ciudadanía. El cambio político trajo un cambio que no se había podido hacer en tres años y es la ratificación del Acuerdo de Escazú”.

Ahora, el presidente Petro, presentará ante la sala de la cumbre internacional una política común de la región sobre la defensa de la selva amazónica, para lo cual invitó a Venezuela en la reunión que sostuvo con Nicolás Maduro, y piensa que también se sume Brasil cuando asuma el poder Lula da Silva.

Este estos son algunos de los puntos principales del acuerdo:

  1. Divulgación de información ambiental

El Acuerdo establece que cada parte garantizará que las autoridades competentes generen y pongan a disposición del público la información ambiental relevante para sus funciones, de manera sistemática, oportuna, accesible y comprensible, así como que actualicen periódicamente esta información.

Agrega que cada país firmante del Acuerdo contará con uno o varios sistemas de información ambiental actualizados, que podrán incluir, entre otros, los textos de tratados y acuerdos internacionales, así como las leyes, reglamentos y actos administrativos sobre el medioambiente, el listado de zonas contaminadas por tipo de contaminante y localización.

2.- Uso y la conservación de los recursos naturales.

Establece también que cada parte garantizará, en caso de amenaza inminente a la salud pública o al medioambiente, que la autoridad competente divulgue de forma inmediata toda la información relevante que se encuentre en su poder y que permita al público tomar medidas para prevenir o limitar eventuales daños.

3.- Participación pública en toma de decisiones

El Acuerdo de Escazú establece que se debe asegurar el derecho de participación del público abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales.

Dice que cada parte promoverá la participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, examinaciones y actualización en asuntos ambientales de interés, tales como el ordenamiento del territorio, la elaboración de políticas, planes, estrategias, normas y reglamentos que puedan tener impacto sobre el medioambiente.

De igual forma se adoptarán medidas para que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso, “de manera que las decisiones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos”.

4.- Acceso a justicia

Se garantizará el derecho de acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo a las garantías del debido proceso.

Agrega este Tratado que, en el marco de su legislación nacional, los países firmantes deben asegurar el acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar y recurrir en cuanto al fondo y el procedimiento sobre cualquier decisión, acción u omisión relacionado con el acceso a la información ambiental, así como por la toma de decisiones en esta materia y cualquier otra decisión que pueda afectar el medioambiente.

5.- Defensores de derechos humanos en asuntos ambientales

Cada país parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promuevan y defiendan los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, sin restricciones e inseguridad.

En ese sentido indica que se tomarán medidas oportunas y efectivas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones a los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.

Este aspecto del Tratado es un reto grande para el país pues la violencia contra los líderes ambientales es alta. Según la oenegé Global Witness, en su informe 2020, los asesinatos de ambientalistas alcanzaron la cifra récord de 227, la mayoría en Colombia y México.

Este estos son algunos de los puntos principales del acuerdo:

  1. Divulgación de información ambiental

El Acuerdo establece que cada parte garantizará que las autoridades competentes generen y pongan a disposición del público la información ambiental relevante para sus funciones, de manera sistemática, oportuna, accesible y comprensible, así como que actualicen periódicamente esta información.

Agrega que cada país firmante del Acuerdo contará con uno o varios sistemas de información ambiental actualizados, que podrán incluir, entre otros, los textos de tratados y acuerdos internacionales, así como las leyes, reglamentos y actos administrativos sobre el medioambiente, el listado de zonas contaminadas por tipo de contaminante y localización.

2.- Uso y la conservación de los recursos naturales.

Establece también que cada parte garantizará, en caso de amenaza inminente a la salud pública o al medioambiente, que la autoridad competente divulgue de forma inmediata toda la información relevante que se encuentre en su poder y que permita al público tomar medidas para prevenir o limitar eventuales daños.

3.- Participación pública en toma de decisiones

El Acuerdo de Escazú establece que se debe asegurar el derecho de participación del público abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales.

Dice que cada parte promoverá la participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, examinaciones y actualización en asuntos ambientales de interés, tales como el ordenamiento del territorio, la elaboración de políticas, planes, estrategias, normas y reglamentos que puedan tener impacto sobre el medioambiente.

De igual forma se adoptarán medidas para que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso, “de manera que las decisiones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos”.

4.- Acceso a justicia

Se garantizará el derecho de acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo a las garantías del debido proceso.

Agrega este Tratado que, en el marco de su legislación nacional, los países firmantes deben asegurar el acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar y recurrir en cuanto al fondo y el procedimiento sobre cualquier decisión, acción u omisión relacionado con el acceso a la información ambiental, así como por la toma de decisiones en esta materia y cualquier otra decisión que pueda afectar el medioambiente.

5.- Defensores de derechos humanos en asuntos ambientales

Cada país parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promuevan y defiendan los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, sin restricciones e inseguridad.

En ese sentido indica que se tomarán medidas oportunas y efectivas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones a los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.

Este aspecto del Tratado es un reto grande para el país pues la violencia contra los líderes ambientales es alta. Según la oenegé Global Witness, en su informe 2020, los asesinatos de ambientalistas alcanzaron la cifra récord de 227, la mayoría en Colombia y México.

La Ley de Escazú, sancionada por el Presidente Petro, garantizará la protección de los líderes ambientales

Bogotá, 05 noviembre de 2022_RAM_ El Presidente de la República Gustavo Petro sancionó este sábado la Ley de Escazú, por la cual Colombia se suma a este acuerdo internacional en defensa del medio ambiente, de los defensores ambientales, y que permitirá a los ciudadanos tener acceso a información de este sector como un derecho fundamental.

“Y fundamentalmente le garantiza hoy a cualquier ciudadano de Colombia, cualquier ciudadana, acceso a la información, en primer lugar, sobre proyectos, sobre iniciativas del Estado; o privadas, que tengan que ver con afectaciones al medio ambiente. Toda la información ambiental que es un derecho fundamental”, recalcó.

Explicó que con esta Ley de la República se establecen unos criterios de protección para los activistas y para los defensores del medio ambiente en el país.

Añadió, que la norma contiene mecanismos de participación de la sociedad en las decisiones, en donde también, se afecta al medio ambiente.

“Esta es una ley, y un tratado internacional que básicamente le da poder a la ciudadanía, en función de la defensa de la naturaleza, de la defensa del planeta, de la defensa de la vida”, añadió el Mandatario.

Los tres pilares del Acuerdo

El Acuerdo de Escazú fue firmado por 24 países latinoamericanos, en Costa Rica y en 2018. Es el primer acuerdo regional ambiental y hasta el momento 14 de esos países firmantes lo han ratificado, incluido Colombia.

Sus tres pilares son los del Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales.

En cuanto a Acceso a la información la norma busca que todos los ciudadanos puedan pedir libremente información a los Gobiernos, sobre cualquier proyecto de desarrollo que afecte al medio ambiente. El Gobierno consultado tendrá 30 días de plazo para dar respuesta y contar con todas las plataformas tecnológicas y de comunicación que sean fáciles de utilizar por los ciudadanos.

En el segundo pilar, el de Participación Pública, se busca dar voz a los ciudadanos, y ciudadanas, en la toma de decisiones medioambientales.

Y en Justicia en Asuntos Ambientales, permitirá a los colombianos y colombianas acudir a los tribunales, en dado caso que no se cumplan los dos primeros pilares, que estén siendo afectados por proyectos de desarrollo y para la defensa de los líderes ambientales y comunidades locales, como las poblaciones indígenas.

Share Button