PANORAMA La pólvora: alegrías desgracias y las leyes que la regulan
Por: Jairo Franco Salas
Apagar la pólvora y sus consecuencias debe ser el propósito que debemos asimilar y no encontrarnos con alegrías que trae esta época seguida de desgracias, pero no es así, encendemos más, no somos conscientes de los efectos que puede causar en nuestra integridad, resultando amputaciones y muertes.
La pólvora es el resultado de sustancias químicas de combustión para producir artefactos pirotécnicos, fuegos artificiales, voladores, volcanes, totes. que en excesiva concentración en su producción daños a la salud.
Lo sorprendente aquí, que no inquieta a la sociedad son las innumerables campañas de no producir, vender y utilizar la pólvora y más en éstos momentos cuando la producción para abastecer el mercado ya se tiene, lo notamos por los medios de comunicación que antes de distribuirse se presentan las explosiones en las bodegas donde está almacenada.
[Se ha considerado siempre y se argumenta que existe un tipo de pólvora inofensiva y otra más peligrosa, ésta suposición es falsa, no existe pólvora inofensiva, ya que ésta por una chispita que llegue a los ojos puede dejar ciega a una persona; la más agresiva puede producir amputaciones de dedos, manos o quitar la vida a personas o animales. Fui conocedor directo hace años de una familia amiga que vivían de esta actividad pirotécnica perdiendo la vida varios de sus integrantes, almacenaban y a pocos metros tenían su vivienda.
Enunciamos aquí las leyes que regulan la pólvora en Colombia, la Ley 670 de 2.001, su objetivo es garantizar la vida, la integridad física y la recreación del niño expuesto al riesgo por el manejo de productos pirotécnicos o explosivos; también, la Ley 1.801 de 2.016, Art. 30 que enmarca comportamientos que afectan la seguridad e integridad de las personas .Según la Ley 670, Art. 4 divide la pólvora en tres categorías: la primera, son los artefactos pirotécnicos o fuegos artificiales que tienen un riesgo reducido en su fabricación, allí no tendrán clorato, ni perclorato; la segunda son los artefactos pirotécnicos o fuegos artificiales de riesgo moderado, deben tener etiquetas visibles con previsión de peligro; la tercera categoría es la de mayor riesgo y s…
Cada año por esta época nos volvemos reiterativos a tener más cautela con el uso de la pólvora, pero la sociedad no es consciente, resulta más complaciente y el resultado desgracias fatales, nos mueven más las emociones momentáneas.
Las sanciones que rodean la utilización y comercialización de la pólvora son pecuniarias, de dos a veinte salarios mínimos legales vigentes; también, se pueden desencadenar lesiones personales y llegado el caso que menores resulten afectados, sus padres podrán ser sancionados hasta con la pérdida de la patria potestad. La recomendación final que enviamos es proteger la vida de seres humanos, sus bienes, animales y el medio ambiente apagando la pólvora.