miércoles diciembre 18 de 2024

La esclavitud centralista y clientelista de Gustavo Petro

18 noviembre, 2023 Opinión

Juan Manuel Galán

Colombia avanza por un camino antidemocrático, que ha servido para promover el clientelismo y el centralismo. A pesar de la legitimidad que se deriva de la elección popular del presidente, que es relativa si se considera el porcentaje de votos en blanco y abstenciones registradas en las urnas, se han establecido mecanismos para desconocer la autonomía de las entidades territoriales y fomentar la obtención del poder a través de favores políticos.

Uno de los instrumentos más controvertidos, a pesar de su denominación eufemística, es la implementación de normas jurídicas a través de directivas y circulares presidenciales. El Gobierno Petro ha continuado con las prácticas clientelistas que tanto criticaba antes de llegar a la Casa de Nariño, emitiendo este tipo de documentos que han servido para modificar de facto el ordenamiento jurídico.

Un ejemplo de esto es la orden que limitó la duración de los contratos de prestación de servicios a cuatro meses. Esta decisión obligó a los contratistas a rogar por su renovación en vísperas de las elecciones regionales de este año, una decisión que el Consejo de Estado suspendió a tiempo. El Gobierno lo ha vuelto a hacer esta semana, pero con la intención de fortalecer el centralismo, como consecuencia de los malos resultados del Pacto Histórico en las regiones.

Sin seguir el procedimiento requerido para la expedición de un decreto, que según el principio democrático debe publicarse para ser objeto de observaciones ciudadanas, las circulares y directivas se están utilizando incluso para desconocer tácitamente las leyes orgánicas. Este es el caso de la Directiva 6 de 2023, de 14 de noviembre, que impide a las entidades territoriales actuar como intermediarios en la ejecución de políticas y recursos públicos de la administración nacional.

El texto lo dice de forma velada, sin mayor motivación y utilizando el ambiguo concepto de «ejecución eficiente» y sin definir a qué «intermediarios» se dirige la orden presidencial. Sin embargo, utiliza el término «deberán» para expresar que la mayoría de las entidades del orden nacional tienen prohibido recurrir a intermediarios, lo que podría utilizarse para castigar caprichosamente a los alcaldes y gobernadores electos por partidos independientes o de oposición.

Se les niega así su capacidad de negociación, a pesar de la baja ejecución presupuestal del Gobierno nacional y la vigencia del deber del presidente de actuar coordinadamente con las administraciones territoriales. ¿Será una tendencia pasajera? ¿O acaso el presidente se dirige por esta vía a la recentralización del sistema general de participaciones si no se cede a su capricho de desconocer la regla fiscal?

Aún no está claro, pero las señales de arbitrariedad son preocupantes, teniendo en cuenta que durante su administración de la ciudad de Bogotá hizo todo lo posible para desconocer las normas jurídicas que le eran inconvenientes (como la privatización de los servicios públicos, dispuesta por el mismo Constituyente del 91). Por lo tanto, es importante señalar que la técnica de gobernar por circulares y directivas es característica de mentes autocráticas y cortesanos dispuestos a rendir pleitesías.

El régimen nazi utilizó la discrecionalidad administrativa para satisfacer los intereses del Führer a través de lo que hoy denominamos derecho blando (soft law). Para el dictador, fue una prerrogativa con la que la administración orientó sus políticas de Estado sin la necesidad de modificar las fuentes más tradicionales del derecho. Presidente, evite comparaciones odiosas apegándose a la institucionalidad y gobernando por el interés general. Ignore las recomendaciones irresponsables de sus asesores camaleónicos.

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