lunes julio 15 de 2024

Reforma a la Justicia traerá cambios en preacuerdos y principios de oportunidad

15 julio, 2024 Gobierno 2022-2026, Judiciales

Angela María Buitrago sostuvo que replantearan la forma en cómo se aboca al proceso penal, para trabajar no solo en la rapidez, sino en la eficacia del sistema.

Bogotá 15 julio 2024_ RAM _ La ministra de Justicia, Angela María Buitrago, anunció que la nueva reforma a la Justicia que se presentará en el Congreso de la República, la próxima legislatura que se instalará el 20 de julio, traerá una serie de modificaciones que obedecen a las realidades actuales en criminalidad y en los altos índices de violencia que enfrenta el país.

Buitrago, sostuvo que replantearan la forma en cómo se aboca al proceso penal, para trabajar no solo en la rapidez, sino en la eficacia del sistema.

“Ese procedimiento penal se está pensando en un contexto de generar rapidez, pero la rapidez no puede confundirse con dos elementos esenciales que necesita un sistema procesal, que es eficacia, acceso a la justicia y derecho. Entonces, sobre esas bases, la reforma tiene que pensarse y mirarse a corto, mediano y largo plazo. Esa reforma significa que hay medidas urgentes que se van a tratar de implementar de manera inmediata sometiéndolas al legislativo”

En ese sentido, la titular de la cartera de Justicia reveló que habrá modificaciones urgentes en la estructura de los preacuerdos y principios de oportunidad.

“Las medidas urgentes tienen que ver con elementos que ya el sistema procesal había previsto, que son medidas de escape, pero que también son medidas de escape que se piensan en racionalidad, equidad y justicia: Principio de oportunidad, preacuerdos, elementos particulares de cómo se aboca al proceso penal, cómo se llega a iniciar la investigación, cuáles son los trámites necesarios, cuáles son innecesarios y desde ese punto de vista se generan unas modificaciones”, dijo la ministra Buitrago.

Incluso, la ministra Angela María Buitrago, ha mencionado también la propuesta de eliminar la intervención de los jueces en la aprobación o denegación de esos arreglos o mecanismos de justicia premial; y que, de esta manera, solo intervengan al momento de dictar sentencia.

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