lunes noviembre 18 de 2024

Tribunal niega medidas cautelares solicitadas por el Gobierno contra 26 EPS

 

Esta demanda vincula a Famisanar, EPS Sura, Salud Total o Nueva EPS, Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca (Comfenalco Valle EPS), Compensar y Sanitas, entre otras del país

Bogotá 06 julio 2024_ RAM _ El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negaron las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Salud en contra de 26 Entidades Promotoras de Salud (EPS), que según un informe de la Contraloría General, adeudan $25 billones al sistema y no cumplen con los indicadores financieros establecidos por la ley.

En su informe revelado el pasado mes de febrero, la Contraloría advirtió que las 26 EPS habrían incumplido el Régimen de Inversión de las reservas técnicas, que son los recursos que las EPS deben tener para así poder garantizar la sostenibilidad y correcto funcionamiento del sistema de salud. Según ese informe, apenas 5 de las 26 logran cumplir con los requisitos legales de funcionamiento.

Esta demanda vincula a Famisanar, EPS Sura, Salud Total o Nueva EPS, Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca (Comfenalco Valle EPS), Compensar y Sanitas, entre otras del país.

En la demanda, el Ministerio de Salud señala que esta acción judicial se da por la presunta vulneración de los derechos e intereses colectivos a la defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa y el acceso al servicio público, a la seguridad social en salud y a que su prestación sea eficiente y oportuna.

Por eso, piden al alto Tribunal que, “declare responsable a los demandados para que de manera inmediata realicen las gestiones necesarias para disponer del cálculo, constitución y actualización mensual de las reservas técnicas y disponer la inversión del 100% del saldo de estas a fin de hacer cesar la grave afectación de los derechos colectivos de los habitantes del territorio nacional causados por la incorrecta administración del aseguramiento en salud”.

Sin embargo, para el Tribunal de Cundinamarca no hay pruebas suficientes para deducir que se puso en riesgo del derecho a la salud o que hay una “vulneración de los derechos e intereses colectivos”, y que el ministerio de Salud limitó su argumento al informe de la Contraloría General, pero no elaboró una comparativa de la violación de los derechos invocados.

“Para dilucidar el fondo del asunto se requiere hacer un análisis más profundo, un estudio detenido de las disposiciones que se aducen como trasgredidas en el concepto de la violación contenido en la demanda, los argumentos de defensa que invoquen las entidades demandadas, y demás que se aducen aspectos que no pueden desarrollarse al resolver la solicitud de medida cautelar”, determinó el tribunal.

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