sábado julio 20 de 2024

Más de 600 agentes del Estado radicaron solicitudes de sometimiento ante la JEP

05 septiembre, 2019 Judiciales, Política

Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

Este viernes vence el plazo para pedir que los procesos pasen a la justicia transicional.

El exsubdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) José Miguel Narváez es uno de los 609 agentes del Estado que solicitaron su sometimiento a la Justicia Especial para la Paz (JEP).

Narváez, quien fue condenado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá a 26 años y tres meses de prisión por ser el determinador del homicidio del periodista y humorista Jaime Garzón, solicitó a través de su abogado defensor que la sentencia en su contra sea revisada por la JEP.

Uno de los argumentos para ser aceptado radica en que el crimen de Garzón ocurrió en el marco del conflicto armado interno y, por ello, debe ser juzgado directamente por la jurisdicción especial.

Este viernes 6 de septiembre vence el término fijado por la justicia transicional para que terceros y agentes del Estado, no integrantes de la fuerza pública, radiquen formalmente las solicitudes.

Los términos empezaron a correr desde la entrada en vigencia de la ley estatutaria para la paz, que desde el pasado 6 de junio estableció como plazo tres meses para quienes fueron vinculados a una investigación penal antes de esa fecha.

No obstante, los que estuvieron vinculados después de esa fecha tendrán un plazo también de 90 días, para radicar la solicitud formal.

La JEP aclaró que las solicitudes deberán formularse ante el fiscal o juez que lleve el proceso penal, pues deberá verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos del sometimiento a la justicia especial.

En el caso de Narváez, la solicitud se formuló directamente al Tribunal porque allá se expidió la sentencia condenatoria en su contra.

A través de un comunicado, la JEP señaló que cumplir con este trámite es obligatorio. “La JEP rechazará de plano las solicitudes que no hayan sido presentadas previamente ante la autoridad competente de la Jurisdicción Ordinaria”.

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