Declaran que no existe plagio en canción “La Bicicleta” de Carlos Vives y “Yo te quiero tanto” de Liván Castellanos
Bogotá, 24 de julio_ RAM_ Así mismo, se concluyó que, conforme a las pruebas aportadas al expediente, la obra “La Bicicleta” y la obra “Yo te quiero tanto” son dos obras originales, completamente diferentes en sus elementos armónicos y melódicos, que no existe una deformación ni transformación de la canción del demandado, así como tampoco una apropiación intelectual.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor a través de la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales, emitió sentencia dentro del proceso civil por Derecho de Autor, promovido por el señor Carlos Alberto Vives Restrepo en contra del señor Liván Rafael Castellanos Valdés, por considerar injustas unas declaraciones que él hizo en dos medios de comunicación colombianos en los que afirmó que entre la canción “La Bicicleta” de su coautoría y la canción “Yo te quiero tanto” de autoría de este último, existen similitudes en cuanto al ritmo, la armonía, la melodía y la letra y que aquella es una transformación y deformación de esta y que se evidencia un plagio de la primera con respecto de la segunda.
En esta sentencia, se abordaron los diferentes elementos que componen la música para explicar como la originalidad se aprecia de la combinación de estas en su conjunto, explicando que en cuanto al ritmo o la armonía cuando se utilizan elementos o recursos comunes del ámbito musical, al no revestirse de originalidad no son objeto de protección. Recayendo la protección autoral de una obra musical principalmente en la melodía y la letra como formas de expresión de la individualidad del autor.
En esta decisión también se estudió el carácter de las declaraciones dadas por el demandado, de las que el demandante solicitó su retracto, con el propósito de determinar si la pretensión del actor era procedente. Sustentado en diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia que diferenciaron la libertad de información y la libertad de opinión, se pudo colegir que el demandado estaba amparado por la libertad de opinión y por lo tanto no había lugar a lo pretendido por el actor.
Así mismo, se concluyó que, conforme a las pruebas aportadas al expediente, la obra “La Bicicleta” y la obra “Yo te quiero tanto” son dos obras originales, completamente diferentes en sus elementos armónicos y melódicos, que no existe una deformación ni transformación de la canción del demandado, así como tampoco una apropiación intelectual de aquella canción respecto de esta. En relación con las similitudes encontradas en el ritmo y en la utilización de la frase “te quiero tanto” en ambas canciones, al ser recursos comunes de utilización en la música no son apropiables por el derecho de autor.
El caso:
En el año 2015 el señor Carlos Alberto Vives Restrepo junto con Andrés Eduardo Castro e Isabel Mebarak Ripoll («Shakira») compusieron la canción titulada “La Bicicleta”, obra que registraron en la Dirección Nacional de Derecho de Autor en el año de 2017. La canción tuvo reconocimiento en el público mundial y fue galardonada con dos premios Grammy.
En marzo de 2017, en desarrollo de unas entrevistas realizadas por dos medios colombianos al señor Liván Rafael Castellanos Valdés, motivadas por la demanda por plagio que había interpuesto en un juzgado español contra los coautores de la canción “La Bicicleta”, expresó que entra esta y su canción “Yo te quiero tanto” había similitudes en cuanto al ritmo, la armonía, la melodía y la letra. Que tal similitud se originó del parecido encontrado entre el fragmento “que te sueño y que te quiero tanto” con el fragmento de su canción “yo te quiero, yo te quiero tanto” y que de acuerdo con el concepto de unos peritos, aquella era un plagio de su canción, además de haber transformado y deformado sus frases.
Junto con la demanda interpuesta en abril de 2017, un mes después de las declaraciones dadas por el señor Castellanos Valdés, el demandante solicitó unas medidas cautelares, las cuales fueron decretadas y comunicadas al demandado quien mediante correo electrónico se pronunció sobre ellas.
La sentencia:
En sentencia del día 16 de julio de 2020, la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la DNDA, dictó sentencia de primera instancia, resolviendo lo siguiente:
“PRIMERO: Declarar parcialmente la pretensión primera en el sentido de que entre las obras musicales “La Bicicleta” de coautoría del señor Carlos Alberto Vives Restrepo y “Yo te quiero tanto” de autoría del señor Liván Rafael Castellanos Valdés, no hay similitud alguna entre la armonía y la melodía y que en esos aspectos son completamente diferentes, de acuerdo con lo expresado en la presente decisión.
SEGUNDO: Declarar que si bien hay similitudes en la letra en cuanto a la frase “te quiero tanto” y el ritmo de las dos obras, estas similitudes son elementos comunes en la música y por lo tanto no son apropiables por el derecho de autor.
TERCERO: Declarar que no hay evidencia de plagio de la obra musical “La Bicicleta” de coautoría del demandante respecto de la obra “Yo te quiero tanto” de autoría del demandado.
CUARTO: Declarar que la obra musical “La Bicicleta” de coautoría del demandante no es una transformación de la obra “Yo te quiero tanto” de autoría del demandado.
QUINTO: Declarar que la obra musical “La Bicicleta” de coautoría del demandante no es una deformación de la obra “Yo te quiero tanto” de autoría del demandado.
SEXTO: Negar la pretensión quinta de la demanda, en tal sentido, no se ordenará al demandado a rectificar o retractarse de sus declaraciones, ni tampoco a ofrecer disculpas al demandante por las razones expuestas en la presente providencia.
SÉPTIMO: Negar las excepciones propuestas por el curador ad litem.
OCTAVO: Mantener la medida cautelar y por tanto ordenar al señor Liván Rafael Castellanos Valdés abstenerse de señalar en los medios de comunicación colombianos que la canción “La Bicicleta” es un plagio de la canción “Yo te quiero tanto” ni que entre estas hay similitudes en cuanto a armonía, melodía o letra, de acuerdo con lo expuesto en la presente decisión.
NOVENO: Condenar al demandado Liván Rafael Castellanos Valdés identificado con el número de residente X2005081X del Reino de España, al pago de las costas, las cuales serán liquidadas por la Secretaría.
DÉCIMO: Fijar como agencias en derecho a favor del señor Carlos Alberto Vives Restrepo cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes equivalentes a CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINCE PESOS M/CTE ($4.389.015,00 m/cte).”
La presente decisión no fue apelada por las partes, quedando ejecutoriada el 24 de julio de 2020.