viernes julio 19 de 2024

Gobierno pone en marcha el Estatuto de Protección a Migrantes Venezolanos

01 marzo, 2021 Generales, Internacionales

El Presidente Iván Duque Márquez firmó este lunes el Decreto por medio del cual se crea el Estatuto de Protección Temporal a Migrantes Venezolanos, que garantizará la atención humanitaria a las personas que huyen de la crisis generada por la dictadura.Foto: Efraín Herrera – PRESIDENCIA

Bogotá, 01 de marzo _ RAM_ El presidente Iván Duque firmó el decreto que crea el Estatuto de Protección Temporal a Migrantes Venezolanos, mecanismo que garantizará la atención humanitaria de las personas que huyen del vecino país por la situación económica, social y política.

Con el Estatuto el gobierno busca regularizar a 1,8 millones de venezolanos en agosto de 2022, para que estas personas cuenten con carné, biometría e identificación digital, y puedan acceder a

El presidente destacó que con este estatuto se podrá contar con herramientas de identificación, caracterización y registro de la población migrante venezolana para una adecuada atención. Además, permitirá el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país, quienes tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes.

En los próximos 90 días el gobierno implementará el estatuto con el Registro único de Migrantes Venezolanos que hace parte del Proyecto de Identificación y Registro de Ciudadanos venezolanos (RIC), par a posteriormente expedir los Permisos por Protección Temporal.

De acuerdo con Migración Colombia, en los últimos dos meses de 2020 y pese al cierre actual de la frontera, fueron ubicados en carreteras colombianas más de 18 mil migrantes venezolanos y se estima que diariamente, solo por Norte de Santander, más de 300 migrantes intentan ingresar de manera irregular al territorio nacional.

Para poder vincularse a este registro los ciudadanos venezolanos deben estar en Colombia; presentar documento de identidad vigente o vencido (pasaporte, cédula de identidad venezolana, PEP); tener el acta de nacimiento en caso de ser menores de edad; hacer una declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia; y autorizar la recolección de datos biométricos.

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