Avanza Reforma Laboral en La Plenaria de la Cámara de Representantes
Bogotá, 7 oct (Prensa Latina) La Plenaria de la Cámara de Representantes de aprobó hoy en su segundo debate otros siete artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.
En esa instancia ya se analizaron la mitad del contenido del proyecto que, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, busca garantizar derechos laborales, alcanzar empresas sostenibles y asegurar un empleo digno y decente en el país.
Dos de los artículos aprobados durante esta jornada fueron el 11 y 12.
El primero se refiere a la reubicación que deberán tener los trabajadores en caso de que sobrevenga una situación de discapacidad por razones de salud, en tanto el segundo establece la reglamentación de las evaluaciones que implementarán los empleadores para definir salarios y beneficios.
El 14, que también recibió la anuencia de los legisladores, decreta por su parte que la jornada máxima legal será de ochos horas diarias y 42 horas semanales y ordena que se garantice el día de descanso.
Fue aprobado igualmente el 15 que impone a los empleadores llevar un registro de las horas extra y entregarlo al trabajador cuando realice el pago y el 16, donde se establece que las horas extra no pueden exceder las dos diarias y las 12 semanales.
Otro de los artículos que recibió el visto bueno fue el 17, que estipula que los trabajadores que laboren en días de descanso obligatorio o festivos recibirán un recargo del 100 por ciento sobre su salario, en proporción a las horas trabajadas.
Dicho recargo se implementará de forma gradual: 80 por ciento en 2025, 90 por ciento en 2026 y 100 por ciento en 2027.
El último analizado, el 18, regula nuevos escenarios por los que un trabajador puede pedir licencia entre los que están asistir a citas médicas, asistir a obligaciones escolares como representante de su hijos, ir a entierros de compañeros, entre otros.
De resultar aprobada por el plenaria de la Cámara de Representantes, la reforma laboral se someterá a continuación a otros dos debates en el Senado antes de que pueda ser sancionada por el presidente Gustavo Petro.
Dentro del debate se destacó la aprobación del artículo 18, el cual amplia y detalla las licencias que los empleadores deben conceder a los trabajadores. Además de las licencias tradicionales por calamidad doméstica, para el ejercicio del voto, o para desempeñar cargos oficiales, se incluyen licencias para asistir a citas médicas, tanto programadas como de urgencia, y específicamente para casos de condiciones como dismenorrea o endometriosis en trabajadoras. También se otorga licencia para asistir a entierros de compañeros y para desempeñar comisiones sindicales, siempre que no afecte el funcionamiento de la empresa.
33 artículos han sido tramitados de la reforma laboral en la Cámara de Representantes
Además, el artículo introduce una licencia para que los trabajadores puedan asistir a eventos escolares de sus hijos o menores de edad bajo su cuidado, y para atender situaciones relacionadas con violencia de género, como trámites judiciales o administrativos. En estos casos, si el empleador lo solicita, el trabajador deberá demostrar que hizo uso de la licencia para esos fines. Estas medidas buscan ofrecer mayor flexibilidad y apoyo en situaciones personales importantes, asegurando a la vez que no se perjudique el funcionamiento de la empresa.
Otro de los artículos clave de la reforma es 17, el cual fue aprobado y establece que si un trabajador labora en días de descanso obligatorio (como domingos o festivos), deberá recibir un recargo del 100% sobre su salario ordinario, proporcional a las horas trabajadas. Esto significa que, además del salario normal que recibe por trabajar durante la semana, ganará el doble por cada hora laborada en esos días de descanso.
Sin embargo, este recargo del 100% se implementará gradualmente. En 2025, el recargo será del 80%, en 2026 del 90%, y en 2027 llegará al 100%. Si el día de descanso coincide con otro día remunerado, el trabajador solo recibirá el recargo por las horas trabajadas ese día.
Otros artículos aprobados en el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes fueron aquellos buscan modificar varias disposiciones relacionadas con las condiciones de trabajo. El artículo 12 establece los factores de evaluación objetiva del trabajo, permitiendo a los empleadores definir salarios y beneficios en función de capacidades, esfuerzos, responsabilidades y condiciones laborales específicas. Esto incluye aspectos tanto físicos como psicológicos en el entorno laboral. Estos cambios apuntan a garantizar que las evaluaciones sean justas y acordes con el nivel de riesgo y esfuerzo del trabajador.
Por otro lado, el artículo 14 redefine la jornada máxima de trabajo, limitándola a 42 horas semanales y permitiendo flexibilidad en la distribución de las horas, siempre que se respeten los derechos del trabajador, como el descanso semanal. El artículo 15 impone la obligación de registrar y reportar las horas extras laboradas, mientras que el artículo 16 fija un límite estricto de 2 horas extra diarias y 12 semanales, exceptuando sectores específicos como seguridad y salud. Estas reformas pretenden mejorar el bienestar laboral y evitar abusos en la gestión del tiempo de trabajo.
También el artículo 37 que busca formalizar el trabajo doméstico remunerado. Ahora, las trabajadoras domésticas deberán tener un contrato de trabajo escrito y registrado, lo que permitirá un mayor seguimiento por parte de las autoridades. Actualmente, solo el 17% de las 630 mil trabajadoras domésticas en Colombia cotizan a la seguridad social, por lo que este cambio busca mejorar sus condiciones laborales y acceso a beneficios.
Otro artículo aprobado es el 39, que protege los derechos laborales de los trabajadores migrantes, independientemente de su estatus migratorio. Esto significa que los trabajadores extranjeros tendrán las mismas garantías laborales que los nacionales. Además, se facilitará la regularización migratoria de los trabajadores mediante un proceso reglamentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, asegurando su acceso a seguridad social y derechos laborales
¿Qué se eliminó del proyecto de ley durante la jornada?
Durante el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes, se eliminaron algunos artículos importantes. Uno de ellos fue el artículo 68, que modificaba el proceso de arbitraje en los conflictos laborales. Este artículo establecía que los árbitros debían tomar decisiones en equidad sobre los puntos de interés de los trabajadores que no se acordaron en la negociación directa, siempre que no implicaran cogestión o coadministración de la empresa. Además, aclaraba que los árbitros no podían reducir los derechos de los trabajadores establecidos por ley, convenciones colectivas o acuerdos previos. Con su eliminación, queda sin cambios el procedimiento actual de arbitraje en conflictos laborales.
Otro artículo eliminado fue el artículo 74, que proponía un programa de acompañamiento a micro y pequeñas empresas. Este programa, impulsado por el Ministerio del Trabajo, tenía como objetivo ayudar a estas empresas a implementar las disposiciones de la nueva ley laboral en el primer año de su entrada en vigor. La eliminación de este artículo deja sin apoyo específico a las micro y pequeñas empresas en el proceso de adaptación a la reforma laboral, lo que podría generar dificultades en su cumplimiento.