lunes noviembre 18 de 2024

Corte Constitucional tumbó decreto que puso en marcha hidroeléctrica de El Quimbo

10 diciembre, 2015 Planeta Tierra

hidroeléctrica de El Quimbo

 La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el decreto 1759 de 2015 por medio del cual el Presidente de la República autorizó el inicio de operaciones de la hidroeléctrica El Quimbo. Para el alto tribunal la expedición del mismo no tenía justificación, avalando de esta forma el concepto enviado por el Prrocurador General.  

En la discusión de este jueves el alto tribunal manifestó que el decreto se emitió desconociendo el fallo del Tribunal Administravio de Huila que dictó medidas cautelares para suspender dicho proyecto. Para la Corte dicho decreto carece de congruencia externa e interna. (Ver El Quimbo: lecciones para la infraestructura)

En el debate jurídico se reiteró que un decreto presiencial no puede omitir el cumplimiento de un fallo judicial, en esete caso, se aclara, se desconocieron los alcances de fallo emitido el 5 de febrero del presente año para suspender provisionalmente el millonario proyecto.

El decreto fue expedido por el presidente de la República, Juan Manuel Santos argumentando que era necesario poner en marcha la obra para elevar el nivel del río Magdalena y así poder transportar el combustible de la refinería de Barrancabermeja a los municipios ubicados en la frontera con Venezuela en el marco de la crisis.

Sin embargo el mismo tenía como finalidad contrarrestar los efectos causados por el fenómeno de ‘El Niño’. En su concepto la Procuraduría General manifestó que no existía ningún elemento para inferir la necesidad de poner en marcha la hidroeléctrica de El Quimbo.

“No hay ninguna relación geográfica directa entre la ruta de transporte de combustibles desde la refinería de Barrancabermeja, a través del río Magdalena, y los combustibles que se requieren para transportar a los municipios ubicados en la frontera con Venezuela”, precisa uno de los apartes del documento.

«Se observa que no hay una relación directa de medio a fin en la expedición del decreto 1979 de 2015 para decretar el estado de emergencia (…) porque nada garantiza el flujo de agua que se requiere para la navegabolidad de las barcazas que transportan combustible desde la refinería de Barrancabermeja pueda realemnte ser suministrado por la represa El Quimbo», señaló el concepto.

Por el incumplimiento de las medidas cautelares el Tribunal Administrativo compulsó copias ante la Fiscalía General para que se invesigue a los funcionarios del Gobierno que evadieron estas medidas cautelares.

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