lunes julio 22 de 2024

Sospechosos de abusar de niños pueden salir libres por vencimiento de términos: CSJ

12 mayo, 2016 Generales, Judiciales

Violadores de Niños

 Este jueves la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Penal, hizo la advertencia que quienes sean acusados de abuso contra menores de edad, podrán salir libres argumentando vencimiento de términos.

La Corte consideró que, aunque la legislación prohíbe cualquier tipo de beneficio para aquellos que realizan delitos contra menores de edad, tampoco pueden desconocerse los derechos fundamentales a quienes son sujetos de la privación de la libertad por vencimiento de términos.

“Afirmar la inexistencia de la prohibición legal o supralegal y, en consecuencia, el derecho de todos los procesados a obtener la libertad provisional por vencimiento de términos, no implica la negación de la prevalencia de los derechos de los menores de edad”, señala el fallo.

Meses atrás, la Corte había hecho un pronunciamiento similar sobre los beneficios concedidos a un hombre condenado por actos sexuales abusivos contra menor de edad, argumentando que debía redimir su pena.

A este hombre lo acusaron de acto sexual abusivo contra menor de 14 años en Popayán y pese a que le formularon cargos y fue cobijado con medida de aseguramiento, la Fiscalía no presentó el escrito de acusación y dejó pasar el tiempo estimado en la ley.

En este caso, el acusado solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la libertad, por lo que debían otorgarle salida de la cárcel por vencimiento de término, pero el juez en Cauca le negó dicho amparo.

“Conviene aclarar que en los delitos “de altísimo impacto”, los jueces de control de garantías, en su calidad de garantes de los derechos fundamentales, deben evaluar todas las causas de la dilación de los términos, no solo para recriminar la conducta procesal del detenido, también para descartar maniobras veladas de los demás sujetos procesales, tendientes a prolongar el tormento de quien, de forma anticipada y prejuiciosa, ha sido condenado por la opinión pública”, aclaró la Corte.

Share Button