viernes julio 19 de 2024

SIC recibe más de 3.200 denuncias mensuales por publicidad engañosa

02 junio, 2016 Económicas

Mónica Ramírez Hinestroza, delegada para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 En Colombia se reciben anualmente 36.000 denuncias por publicidad engañosa, es decir, más de 3.000 casos al mes, según Mónica Ramírez Hinestroza, delegada para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Diana María Escovar, coordinadora del Área Comercial del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, afirmó que el número de denuncias debería ser mayor, ya que es un tema que se evidencia a diario. “Estamos bombardeados de publicidad engañosa y la gente ha entrado en una zona de resignación en la que cree no poder tomar medidas correctivas”, dijo.

En una charla sobre publicidad engañosa que realizó la Universidad del Rosario, las expertas indicaron que los consumidores reciben miles de anuncios a diario sobre productos y servicios que, a la hora de la verdad, resultan siendo un engaño: cremas que prometen rejuvenecer, comidas que aparentan ser enormes, medicamentos que adelgazan, tecnologías móviles de punta y hoteles y tiquetes aéreos con precios de remate son algunos ejemplos.

Para Mónica Ramírez, la información en los productos y servicios está obligatoriamente ligada a la publicidad y esta debe ser ofrecida a los consumidores. “Se les debe comunicar de manera verificable, oportuna, suficiente, clara, comprensible e idónea, para brindarles seguridad y garantía”, explicó.

La delegada de la SIC citó el caso que enfrentó hace algún tiempo la compañía Kokoriko, cuando en una de sus publicidades para un mundial de fútbol mostró un menú para cuatro personas que decía tener ocho alitas de pollo y cuatro mazorcas, entre otros alimentos que venían con la promoción. Sin embargo, su bandeja tenía cuatro alitas de pollo que se dividían en la mitad y una mazorca partida en cuatro pedazos, por lo que fueron denunciados y debidamente sancionados.

Así mismo algunas tiendas de ropa femenina que en sus vitrinas exhiben anuncios que ofrecen descuentos en toda la tienda por temporadas de verano o invierno, sin dar fechas ciertas para el inicio o fin de la temporada. Naturalmente Colombia es un país de climas tropicales que no goza de estaciones y este tipo de publicidad les ha causado sanciones.

¿Cómo denunciar?

Diana María Escovar, coordinadora del Área de Consumo de la Universidad del Rosario, invitó a los consumidores a no callar y denunciar ante las Delegaturas de Asuntos Jurisdiccionales y/o de Protección al Consumidor de la SIC.

“Si usted es víctima o conoce este tipo de situaciones de publicidad engañosa puede pedir asesoría de manera gratuita en los consultorios jurídicos. Por ejemplo, en el Área de Consumo de la Universidad del Rosario se le brindan al usuario las herramientas necesarias para llevar su caso ante la SIC”, comentó la abogada.

Cuando una persona denuncia a una empresa por publicidad engañosa ante la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de SIC, esta puede sancionarla y obligarla a que cumpla lo que prometió y a que lo indemnice por afectar sus expectativas.

“Por ejemplo, este tipo de afectación personal se da en la promoción de tiquetes aéreos, en donde se le promete al consumidor un gran descuento y al final resulta pagando casi el mismo valor como si no estuviera con descuento”, explicó Diana Escovar.

Ahora bien, ante la Delegatura de Protección al Consumidor se denuncian los casos en los que se ven afectados varios consumidores por culpa de una publicidad engañosa, y es la que permite que la SIC investigue y entre a sancionar la organización para que aclare su publicidad, la corrija o la suspenda.

“Cuando usted ve un artículo que dice tener el 50% de descuento y al momento de pagar tenía el 40%, quizás no represente mucho para su bolsillo e igual decida llevarlo, pero sí implica una publicidad que no es real”, dijo Mónica Ramírez.

Publicidad engañosa y multas

La ley 1480 de 2011 en su Artículo 5 numerales 12 y 13 define la publicidad como “toda forma y contenido de comunicación que tenga como finalidad influir en las decisiones de consumo”. Y define la publicidad engañosa como “aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión”.

Las multas por publicidad engañosa pueden llegar hasta los dos mil salarios mínimos, es decir, cerca de 1.400 millones de pesos.

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