jueves julio 18 de 2024

La Igualdad Religiosa, un asunto integral

29 noviembre, 2016 Generales, Opinión, Política

Carlos Alberto Baena

 Por: Carlos Alberto Baena López

@Baena

 Hace 35 años, un 25 de noviembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución 36/55 emitía la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Sin embargo, resulta paradójico que, transcurrido tanto tiempo, aún sea una “tarea pendiente” de la humanidad.

Dicha resolución subraya que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Derecho que incluye la libertad de tener una religión o cualesquiera convicciones de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente tanto en público como en privado, mediante el culto, la observancia, la práctica y la enseñanza.”

Así mismo, demanda de los países que “Deberán hacer todos los esfuerzos necesarios por promulgar o derogar leyes, según el caso, a fin de prohibir toda discriminación de este tipo y tomar las medidas adecuadas para combatir la intolerancia por motivos de religión, o convicciones en la materia.”

En virtud de los avances tecnológicos que cada vez ganan más terreno, es muy sencillo enterarse de las dificultades vividas en diversas regiones del planeta por causa de la religión. Basta profesar una creencia diferente a la histórica o mayoritaria, para convertirse en blanco de hostigamientos, ataques, o persecuciones.

Sin embargo, cualquier observador podría pensar que estas cuestiones son parte del pasado en Occidente, o cuánto más, en países como el nuestro. Lamentablemente no es así. Hoy por hoy, se discuten propuestas normativas que se alejan de los postulados mínimos señalados por la ONU, y por qué no decirlo, incorporados formalmente en la Constitución de 1991 y la ley estatutaria de Libertad Religiosa.

Es por ello que consideramos que no deberían tener lugar en nuestro sistema jurídico, las medidas que vayan en contra de la Igualdad Religiosa. Esa es la cuestionable realidad que subyace en la propuesta más reciente de tratamiento tributario que recibirían las Iglesias o Confesiones Religiosas así reconocidas por el Estado, estableciendo beneficios exclusivos para una de ellas; ignorando a todas las demás, que en igualdad de condiciones también contarían con idénticos derechos, sin el amparo de ninguna diferenciación constitucionalmente legítima. Para garantizar la Libertad Religiosa, hay que pensarla, vivirla y practicarla, en términos de Igualdad entre las religiones. Ese es el camino adecuado.

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