Aprobada conciliación de la JEP en Congreso de la República
La reglamentación de la Jurisdicción Especial para la Paz terminó su trámite legislativo en el Congreso, después de la aprobación con 97 votos a favor y 6 en contra de la conciliación del texto en la plenaria de la Cámara.
Aunque la semana pasada se disolvió el quórum y no se pudo terminar con ese trámite, este martes los representantes asistieron sin problema alguno para darle vía libre a ese Nuevo tribunal al que acudirán los integrantes de las Farc, Agentes del Estado y algunos civiles que hayan tenido relación con el conflicto.
La aprobación incluyó las disposiciones que llevan a la jurisdicción ordinaria a los disidentes y reincidentes de las Farc y la voluntariedad a los civiles para comparecer ante la JEP. Sin embargo, se eliminó la disposición del senador Carlos Fernando Galán, con la que se impedía que los guerrilleros que faltaran a sus deberes de verdad y reparación participaran en política.
El ministro del Interior Juan Fernando Cristo aseguró que ahora empezará la expedición de decretos para poner en marcha ese nuevo tribunal. “Seguramente en los próximos días el presidente expedirá esos decretos con base en este acto legislativo para crear la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de personas desaparecidas que son dos tareas esenciales para la reconciliación de Colombia”.
Aún queda el estudio de una ley estatutaria para reglamentar lo aprobado en este nuevo tribunal y el acto legislativo pasará a revisión de la Corte Constitucional.
Con la aprobación por parte de la Cámara de Representantes del informe de Conciliación, con 95 votos a favor, se dio hoy por terminada la etapa de discusión y ajustes especiales al proyecto de Acto Legislativo 01 de 2016 y quedó vigente la reforma que pretenderá la construcción de una paz estable y duradera. El Senado hizo lo propio en Plenaria del pasado miércoles 22 de marzo.
Esta reforma constitucional asegurará el cumplimiento del Acuerdo Final para la terminación del conflicto entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP (incluyendo la seguridad jurídica, justicia transicional, el proceso de desarme, la desmovilización y la reintegración de miembros de esa guerrilla).
Con medidas restaurativas, reparadoras y retributivas se garantizará que este sistema integral de justicia acabe con la situación de exclusión social que han sufrido las víctimas durante el conflicto armado. Ahora, los ciudadanos que se han visto afectados accederán al reconocimiento de sus derechos, especialmente en lo que tiene que ver con el conocimiento de la verdad de lo ocurrido por parte de los que participaron, de manera directa o indirecta, ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La JEP será el mecanismo judicial de este sistema integral, encargado de administrar la justicia (de manera transitoria y autónoma) a través de sus propias resoluciones o sentencias. Esta justicia especial será la encargada de calificar jurídicamente las conductas graves cometidas por los actores del conflicto armado bajo las normas del Código Penal Colombiano, del Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos (DIDH), del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y del Derecho Penal Internacional (DPI), siempre con aplicación obligatoria del principio de favorabilidad.
El ‘Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición’ pone a las víctimas en el centro del Acuerdo de Paz (como se establece en el quinto punto), incluye también los mecanismos de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; y la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
Así las cosas, las medidas de reparación integral para la construcción de paz y las garantías de no repetición, sistema con el que se pretende resarcir a las víctimas bajo un enfoque territorial, diferencial y de género especialmente de víctimas mujeres, de niños y niñas, y de poblaciones más vulnerables afectadas por el conflicto armado durante más de 50 años de guerra, será tenido en cuenta durante el periodo de implementación y desarrollo del Acuerdo Final.