miércoles diciembre 18 de 2024

En Colombia se mendiga la salud 

01 septiembre, 2014 Opinión Por Eduardo Lozano M.

Eduardo LozanoM

Por Eduardo Lozano M. 

Parece mentira que en Colombia las personas del común se vean obligadas a mendigar un servicio de salud, mientras que las leyes conminan al Estado para que sea su deber la prestación del servicio en defensa de la vida de sus ciudadanos, como lo reza la Constitución Nacional.

En este país, para quienes viven en el exterior e ignoran el procedimiento, existe una modalidad de servicio  denominado por la ley como POS que significa Plan Obligatorio de Salud. Este servicio debe ser pagado por todos los trabajadores sin importar su nivel, mediante cuotas mensuales de dinero que se clasifican de acuerdo con los ingresos de cada persona.

Lo más doloroso del caso ocurre cuando una persona afectada por una enfermedad llega a los puntos de atención y si no demuestra mediante exámenes clínicos que su estado es «muy delicado», simplemente lo devuelven de los consultorios y lo citan posteriormente. Esta nueva cita puede darse en un tiempo que oscila entre dos días o un año.

Estar afiliado al POS  significa en la teoría, que con la cuota mensual que paga, tiene derecho el afiliado y su familia no solo a la atención médica, sino a las medicinas formuladas, tratamientos, intervenciones quirúrgicas y hospitalización correspondiente, si es del caso.

Pero ocurre que en Colombia, un país con 48 millones de habitantes (claro está no todos enfermos), las entidades prestadoras de este servicio  o se han quedado cortas o simplemente cumplen irregularmente con su obligación.

«No hay agenda»

Todas las entidades que se supone prestan el servicio de salud, pusieron como condición que el afiliado debe gestionar sus citas médicas mediante un sistema telefónico que generalmente está ocupado. Después de 10 intentos por lograr el contacto responde una operadora  y cuando se le solicita atención por parte de un médico especialista, muy amable responde…»Lo sentimos no hay agenda disponible para este mes, quizás para el próximo el doctor le puede  atender…» y ahí termina la comunicación.

Conozco un caso muy cercano de una persona que desde el año pasado está solicitando un servicio de cirugía y no ha podido llegar al quirófano.

En Marzo logró que la auscultara un especialista quien la remitió a otro especialista para que le diera una segunda opinión. En Mayo vio a la paciente el segundo especialista y con su dictamen remitió a la paciente al especialista a quien la había visto inicialmente, quien es a su vez cirujano.

A finales de Junio la recibió nuevamente el primero y le ordenó toda clase de exámenes previos a la cirugía. Cumplidos los requisitos recibió otra orden en el sentido de que debía acudir al Anestesiólogo para que estuviera al tanto de la paciente.

Hoy al momento de publicar estas líneas (Agosto), no ha sido posible entrevistar al Anestesiólogo para que en coordinación con el Cirujano acuerden una fecha para la intervención. Lo más delicado del asunto es que del tiempo transcurrido entre el momento de los exámenes médicos y la entrevista con el Anestesiólogo han transcurrido muchas semanas y seguramente los exámenes de laboratorio hayan expirado. Entonces es casi seguro que deberá comenzar de nuevo el «viacrucis» por los laboratorios e iniciar nuevamente el proceso.

Lo peor de todo es que la intervención quirúrgica de la paciente es de mucha urgencia debido al crecimiento de tumorcillos en sus órganos reproductivos.

Esto en mi modesta opinión es una sinverguencería que amparada bajo las siglas del POS burlan a quien acude en demanda de sus servicios que son de caracter obligatorio.

La tutela

La acción de tutela es como se denomina al mecanismo previsto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia vigente, que busca proteger los Derechos constitucionales fundamentales de los individuos «cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública» es decir al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente.

Muchas personas han acudido a este expediente y a algunas de ellas les ha funcionado . Su cumplimiento es de carácter inmediato so pena de recibir drásticas sanciones por parte de las autoridades judiciales.

Lo preocupante de todo esto es que, según las estadísticas presentadas por la  Dirección de la Defensoría del Pueblo se presentaron 222.840 tutelas durante el primer semestre de este año y de ellas 56.500 corresponden al sector de este servicio, precisamente por la desatención de las empresas prestadoras de salud que manejan el sistema POS.

Esto equivale a que 9.500 afiliados acuden mensualmente a denunciar un servicio que no se presta y que realmente es urgente para la mayoría.

Para muchos, este mecanismo es la única forma eficaz para recibir la atención requerida.

Según el Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora Gómez, «resulta preocupante que 7 de cada 10 solicitudes de tutela que invocan el derecho a la salud son para reclamar lo que ya está incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y que las EPS deberían suministrar sin disculpas».

Mientras tanto el Ministro de Salud de Colombia, Alejandro Gaviria, aceptó que la situación es «preocupante», pero no propuso ni propondrá a corto plazo, unas medidas de urgencia que contrarresten la grave situación, mientras que centenares de usuarios se arremolinan diariamente  alrededor de los centros de atención para mendigar una cita médica.

Resulta muy triste vivir en un país así, mientras que los administradores de esto que llaman Colombia, piensan más en la Selección de Fútbol, en aumentar el monto de los impuestos, en los  viajes a Cuba en sus campañas políticas, etc, que en la salud de un pueblo que clama por su derecho a la salud.

Nota: si tiene  un breve comentario, remítalo a vuelta de correo para su publicación. Si callamos, estamos admitiendo que las EPS y el gobierno tienen la razón.

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