Asobancaria propone que 4 X 1000 se aplique únicamente a transacciones en efectivo
_ Desde finales de los años noventa, el Congreso de la República de Colombia aprobó el Gravamen a los Movimientos Financieros (4×1000). Asobancaria ha insistido en diversas ocasiones en la eliminación de este impuesto que ha presentado repercusiones negativas sobre el bolsillo de las familias colombianas.
Adicional a ello, la economía se ha visto incentivada a usar el efectivo como medio de pago cotidiano, lo anterior se ha materializado en el incentivo para la promoción de actividades ilegales como: i) corrupción, ii) evasión fiscal, iii) lavado de activos y financiación del terrorismo, entre otros.
Dado que el GMF no se ha eliminado, Asobancaria propone que se aplique únicamente a las transacciones financieras que se realicen en efectivo. Esto beneficia a todos los colombianos, indistintamente de su nivel de ingreso, en tanto se reduce la canasta de transacciones sobre las cuales se aplica el impuesto, al tiempo que genera una promoción efectiva de los medios de pago digitales.
Finalmente, es importante resaltar que la propuesta incluye que se mantengan los beneficios tributarios y exenciones que actualmente cobijan a las transacciones inferiores a 350 UVT mensuales, así como a los productos de Trámite Simplificado, como Depósitos Electrónicos, Cuentas de Ahorro Electrónicas y Cuentas de Ahorro de Trámite Simplificado. Por lo anterior no se afectarían en ningún caso las compras de bienes de consumo.
Con esta propuesta los usuarios financieros no pagarían GMF, en distintas transacciones, como por ejemplo las que a continuación se describen en la tabla:
Tipo de Transacción | Hoy paga GMF | Con la propuesta |
1. Transferencia Interbancaria | Sí | No |
2. Giro de cheque de gerencia | Sí | No |
3. Compras en comercios con tarjetas | Sí | No |
4. Desembolso de crédito que se hagan a terceros a cuenta o cheque. | Sí | No |
5. Débitos a cuentas contables para pago a un tercero mediante abono a cuenta | Sí | No |
6. Traslados entre cuentas colectivas de distinto titular | Sí | No |
7. Retiros superiores a 11.6 millones de pesos (cuenta marcada) | Sí | Se mantiene |