martes julio 23 de 2024

Por 10 años se protegerá el patrimonio de los compradores de vivienda

26 febrero, 2019 Económicas

El Gobierno Nacional expidió el Decreto de Amparos de la Ley de Vivienda Segura que obliga a los constructores y vendedores a responderles, por un período de 10 años, a los colombianos que adquieran una vivienda nueva en el eventual caso que la edificación presente fallas estructurales, amenace ruina o colapso.

Con la implementación del decreto 282 de 2019, se protegerá el patrimonio de los colombianos a través de 3 mecanismos de resarcimiento que son: fiducia en garantía, garantía bancaria o una póliza de seguro.

De esta forma, las familias propietarias que reporten fallas en las viviendas serán indemnizadas (en dinero), en reconstrucción de la vivienda, o intervención para garantizar la estabilidad y seguridad de la construcción. En caso que las familias requieran arrendamiento, el Gobierno Nacional otorgará un subsidio por un valor mensual de hasta 1,5 SMLMV.

«Queremos que los colombianos que compran vivienda nueva tengan la tranquilidad que su inversión económica no se va a perder si las construcciones colapsan o amenazan ruina. Con este decreto se completa el paquete de medidas dispuestas en la Ley de Vivienda Segura o Ley Anti Space, que están vigentes y que garantizan mayor control de las licencias urbanísticas, mejores materiales de construcción y mayor control en el momento de iniciar un proyecto”, indicó el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón.

La aplicación de esta norma no impactará significativamente el precio de la vivienda, ni mucho menos el bolsillo de los compradores de vivienda. El objetivo es que las personas que detecten irregularidades en las viviendas reporten de inmediato las mismas a la aseguradora o financiera para activar el mecanismo de amparo.

 

El valor de la cobertura del mecanismo de amparo será igual al valor de reconstrucción o reemplazo de la vivienda amparada según el Índice de Precios del Consumidor (IPC). Las tarifas definidas por las entidades financieras o aseguradoras para la constitución de los mecanismos de amparo sobre las Viviendas de Interés Social y Prioritario tendrán en cuenta el valor tope de las mismas, definido en el Plan Nacional de Desarrollo vigente.

 

«Lo que yo negaría de plano, es que se le transfiera integralmente el costo, porque eso implicaría asumir que la industria de la construcción es un cartel y, ciertamente, no lo es. Viene un periodo de ajuste, son los dos próximos años. En este periodo de ajuste la industria de la construcción y la industria de seguros tienen que desarrollar interlocuciones muy eficientes, para que, en efecto, si los constructores adoptan este mecanismo, lo hagan en bien suyo, en bien de sus proyectos y en bien fundamentalmente de quienes van a adquirir esas viviendas», indicó por su parte el presidente de Fasecolda, Jorge Humberto Botero.

Más medidas de protección para la inversión de los compradores de vivienda nueva

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 282 de 2019, con el cual se establecen nuevas medidas de protección en la compra deº vivienda nueva, orientadas a cubrir perjuicios patrimoniales que deriven de riesgos constructivos en los proyectos de vivienda nueva.

Estas disposiciones entran a complementar el amplio e integral régimen regulatorio, legal y de responsabilidades definido para la construcción y comercialización de vivienda nueva en Colombia, como el Código de Construcciones Sismo Resistentes – NSR 2010 y la Ley 400 de 1997, el Código Civil, el Estatuto del Consumidor y las demás medidas técnicas preventivas de supervisión y revisión derivadas de la Ley de Vivienda Segura – Ley 1796 de 2016.

Para la presidenta ejecutiva de Camacol, Sandra Forero Ramírez, «estas nuevas medidas se suman al extenso y completo marco regulatorio que tiene el sector y que garantizan la calidad de las edificaciones, en ese sentido deben convertirse en una nueva fuente adicional de confianza para los compradores de vivienda nueva. Desde el sector, esto reafirma el compromiso de los constructores formales por respaldar las inversiones de los hogares del país».

Luego de expedido este Decreto, (Decreto 282 de 2019) que contiene la definición y alcance de los instrumentos financieros de resarcimiento, será la Superintendencia Financiera de Colombia la institución encargada de la reglamentación secundaria para establecer las disposiciones puntuales y sentar las condiciones de operación de dichos instrumentos en el mercado.

Camacol ha insistido que, si bien estos instrumentos financieros serán importantes para el propósito del país y del sector de ampliar la protección a los hogares compradores de vivienda, se debe ser muy cauteloso y preciso en su puesta en marcha, en tanto se pueden afectar la oferta de proyectos o limitar la accesibilidad a la vivienda.

«Esperamos que, tanto la Superintendencia Financiera como los actores que ofrecerán estos nuevos instrumentos financieros, comprendan los detalles del tejido empresarial del sector, la importancia del acceso a la vivienda y la necesidad de ampliar la oferta de proyectos en todo el país, y sobre esa base, se ofrezcan los instrumentos financieros de manera objetiva, con suficiencia en el mercado, y bajo el cumplimiento de las normas técnicas de construcción sismo resistente colombianas» dijo Forero Ramírez.

Estas nuevas medidas tendrán impacto en los costos de producción y comercialización de vivienda nueva en el país. Al respecto, la presidenta ejecutiva de Camacol agregó que «lo más importante es que se reconozca el efecto sobre los costos para la construcción formal de vivienda, y así la tarea de todos los actores y del Gobierno Nacional será minimizar ese impacto a través de definir condiciones óptimas para que se garantice el acceso, disponibilidad y asequibilidad de estos instrumentos para los proyectos de construcción y los hogares compradores».

En el propósito de seguir avanzado en la reglamentación de la Ley de Vivienda Segura, Camacol hizo el llamado sobre la importancia establecer la regulación para la acreditación de la experiencia, conocimiento e idoneidad de los profesionales relacionados con la construcción de vivienda, estrategia que debe ser considerada como una herramienta transversal para robustecer el ejercicio profesional y seguir asegurando la calidad de los proyectos.

Share Button